Subvenciones a las asociaciones y entidades comercializadoras artesanas, y a las asociaciones, fundaciones y otras personas juridicas sin animo de lucro del sector artesano de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S02500/08

Norma:

Orden de 28-12-2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas públicas para el mantenimiento, la promoción y la formación impulsada y desarrollada por las asociaciones artesanas, y por asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector artesano de Castilla-La Mancha, así como para actuaciones de promoción de las entidades comercializadoras del sector artesano.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Artesanía y Turismo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar el Capítulo II de la Orden de 28-12-2007, de la Consejería de Turismo y Artesanía, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones a las asociaciones y entidades comercializadoras artesanas, y a las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector artesano de Castilla-La Mancha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

- Asociaciones artesanas que reúnan los requisitos establecidos en el art. 8 de la LOFACM para ser consideradas como tales, con domicilio fiscal en C-LM.

- Asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, domiciliadas en C-LM, que tengan como finalidad principal, y así conste en sus estatutos, escritura de constitución o acta de constitución, el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad artesana en Castilla-La Mancha y/o el apoyo y asesoramiento a los artesanos y empresas artesanas de la Region.

- Entidades legalmente constituidas, que reúnan los requisitos establecidos en el punto 3 del art. 3 de la Ley de Ordenación y Fomento de la Artesanía en C-LM y se dediquen en exclusiva a la comercialización de productos artesanos. Estas entidades deberán estar domiciliadas en C-LM.

Requisitos:

La actividad subvencionada deberá ser realizada únicamente desde enero del año 2008 hasta el 15 de octubre de este mismo año.

Documentos asociados

Boletín: 11/01/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 9
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/01/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 9
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento