Subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2020.

Código de ayuda:

S55091/18

Norma:

Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre. Orden INT/918/2018, de 30 de agosto.Resolución de 25 de octubre de 2018. Resolución de 26 de abril de 2019. Resolución de 23 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de agosto de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio del Interior ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía máxima de 237.300 euros, a distribuir entre las asociaciones solicitantes, correspondiendo 142.380 euros a la modalidad de coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones, 47.460 euros a la modalidad que tiene por objeto promover la realización de actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Guardia Civil y la vida asociativa, y 47.460 euros a la modalidad derivada del grado de representatividad en el Consejo de la Guardia Civil.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones profesionales de guardias civiles que, constando debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, acrediten su vocación asociativa en virtud de un grado de implantación efectiva de asociación que alcance el uno por ciento del total de los efectivos de la Guardia Civil en situación administrativa de servicio activo y reserva, o, en su defecto, el cinco por ciento del mismo personal pero referente a una de las escalas del Cuerpo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se destinarán, por una parte, a cubrir los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones profesionales derivados de su implantación efectiva entre los miembros de la Guardia Civil, y por otra, a financiar actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Institución y la vida asociativa.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 230
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/09/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 30/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 262
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 262
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/05/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 109
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/05/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 109
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 205
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 205
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento