Subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S35982/13

Norma:

Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre. Orden INT/1904/2013, de 14 de octubre. Orden INT/1265/2014, de 7 de julio. Orden INT/1742/2015, de 30 de julio. Orden de 28 de julio. Orden INT/918/2018, de 30 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio del Interior ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía máxima de 60.000 euros, a distribuir entre las asociaciones solicitantes, correspondiendo 36.000 euros a la modalidad de coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones, 12.000 euros a la modalidad que tiene por objeto la realización de actividades de interes para el ejercidio de las funciones de la Guardia Civil y la vida asociativa, y 12.000 euros a la modalidad derivada del grado de representatividad en el Consejo de la Guardia Civil.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones profesionales de guardias civiles que, constando debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, acrediten su vocación asociativa en virtud de un grado de implantación efectiva de asociación que alcance el uno por ciento del total de los efectivos de la Guardia Civil en situación administrativa de servicio activo y reserva, o, en su defecto, el cinco por ciento del mismo personal pero referente a una de las escalas del Cuerpo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se destinarán, por una parte, a cubrir los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones profesionales derivados de su implantación efectiva entre los miembros de la Guardia Civil, y por otra, a financiar actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Institución y la vida asociativa.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 230
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 250
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 17/07/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 20/08/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 199
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/08/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 189
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/08/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 189
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/09/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
Documento: Modificación Bases Descargar Documento