Subvenciones a las asociaciones de estudiantes de la Universidad de Valladolid.
Código de ayuda:
S60164/08Norma:
RESOLUCION de 3 de septiembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en la convocatoria que será publicada en la web de la Universidad y en su tablón de anuncios.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las asociaciones de estudiantes de la Universidad de Valladolid para financiar sus actividades.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Universidad de Valladolid (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda a cada beneficiario se determinará de acuerdo con la valoración que reciba la solicitud, una vez aplicados los criterios previstos en el artículo 5, y en función del importe global del crédito que se destine para cada convocatoria.Las ayudas serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales,
de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán beneficiarse de estas ayudas las Asociaciones de Estudiantes de la Universidad de Valladolid, que estén registradas y reconocidas como tales al día de la fecha de publicación de la correspondienteconvocatoria.
La Asociaciones solicitantes no podrán incurrir en ninguna de las causas inhabilitantes previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La justificación de no estar
incursas en los supuestos señalados, se realizará mediante declaración responsable de su representante dirigida al Rector de la Universidad de Valladolid.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones estarán dirigidas a financiar exclusivamente los gastos ocasionados por la organización de las actividades, tanto de carácter específico como incluidas en los programas anuales, que se señalan acontinuación:
a) Pago a conferenciantes, incluidos los gastos derivados por su estancia y desplazamiento.
b) Material de difusión de las actividades programadas, como folletos, publicaciones o similares.
c) Edición de revistas u otro tipo de publicaciones consignadas en el programa correspondiente, con indicación de su coste.
Las actividades deberán estar abiertas a la participación de todos los miembros de la comunidad universitaria, para cuyo fin deberá contar una adecuada difusión.
En ningún caso, la subvención podrá destinarse a sufragar gastos de material inventariable o, en general, de inversión y equipamiento. Asimismo quedan excluidos los gastos en propaganda de las propias asociaciones, o los derivados de las asistencias de sus miembros a congresos, cursos, reuniones, comidas o actos similares.
Las subvenciones, que tendrán carácter anual, se concederán para la realización de actividades dentro del ejercicio económico correspondiente, en el período comprendido entre el 1 enero y el 15 de diciembre, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria correspondiente.
Documentos asociados
Boletín:
11/09/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 176
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