Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro, para la dinamización de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia, en desarrollo del Plan Agora, Agora Re-comercia 2010-2013, y se procede a su convocatoria (IN219A-presentacion electronica).

Código de ayuda:

S23828/10

Norma:

Orden de 30 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La dinamización y revitalización de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Inversiones máximas subvencionables y cuantía de la subvención:

a) La inversión máxima subvencionable establecida para las actuaciones contenidas en el artículo 1º punto 3.1.1 es de 130.000 euros.
El porcentaje de subvención alcanzará el 70% de la inversión máxima subvencionable.

b) La inversión máxima subvencionable establecida para las actuaciones contenidas en el artículo 1º punto 3.1.2 es de 60.000 euros.
El porcentaje de subvención alcanzará el 70% de la inversión máxima subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

1. Las asociaciones de vendedores de las plazas de abastos, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas, y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica, constituidas a los solos efectos de
compartir la unidad gerencial prevista en el apartado 3.1.2 e) del artículo 1º.

3. Las asociaciones de comerciantes de carácter territorial, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas, y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia, que lleven a cabo proyectos de interés y trascendencia en centros comerciales abiertos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables los proyectos que tengan por finalidad conseguir la dinamización y revitalización de los centros comerciales abiertos a través de:
a) Dinamización comercial mediante la realización de campañas de promoción, publicidad en medios de comunicación o en soportes publicitarios, así como la
elaboración de material promocional de las actuaciones desarrolladas.

b) Desarrollo de sistemas de fidelización a través de servicios dirigidos a los clientes cuya finalidad sea aumentar las ventas, atraer a nuevos consumidores y satisfacer la clientela.

c) Señalización comercial externa, a través de elementos identificativos del área comercial.

e) Mejora de la competitividad comercial a través de las siguientes actuaciones:
e.1. Proyectos de creación y puesta en funcionamiento y consolidación de centrales de compras y servicios.
e.2. Creación de redes de comunicación.
e.3. Jornadas técnicas y congresos en materia de comercio.

2. Serán subvencionables los proyectos que tengan por finalidad conseguir la dinamización y regeneración de las plazas de abastos a través de las siguientes actuaciones:
a) Instalaciones y equipamientos del mercado y de las/los placeras/os.

b) Desarrollo de sistemas de fidelización a través de servicios complementarios cuya finalidad sea aumentar las ventas, atraer a nuevos consumidores y satisfacer la clientela.

c) Señalización comercial que deberá atenerse a los siguientes requisitos de color de fondo de los puestos respecto a cada uno de los siguientes productos:
Fondo azul. Para los puestos de venta de pescado.
Fondo rojo. Para los puestos de venta de carne.
Fondo verde. Para los puestos de venta de frutas y verduras.
Fondo amarillo. Para los puestos de venta de lácteos, huevos y panadería.

d) Dinamización comercial mediante la realización de campañas de promoción, publicidad en medios de comunicación o en soportes publicitarios, así como la
elaboración de material promocional de las actuaciones desarrolladas.
El desarrollo de campañas de promoción o actuaciones encaminadas a la promoción de las ventas deberán presentarse dentro de un proyecto de incentivación al consumo en el que se muestre la participación directa de los/las placeras/os.

e) Asimismo, se considerarán subvencionables los gastos imputables las unidades gerenciales derivados del planteamiento, ejecución y seguimiento del proyecto objeto de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/04/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 74
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento