Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro de ámbito superior al municipal o federaciones, para la revitalización del comercio de proximidad y la inicentivación del consumo a través del tique de dinamización comercial.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S07900/17

Norma:

ORDEN de 7 de febrero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de abril de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, de ámbito superior al municipal, o federaciones, para la revitalización del comercio de proximidad y la incentivación del consumo a través del tique de dinamización comercial.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión máxima subvencionable establecida para las actuaciones contenidas en esta orden es de:

– 70.000 euros para las federaciones que cuenten con 20 o más asociaciones federadas.

– 48.000 euros para las federaciones que cuenten con menos de 20 asociaciones federadas.

– 13.000 euros para las asociaciones de ámbito superior al municipal.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Asociaciones de comerciantes, de ámbito superior al municipal o federaciones sin fines de lucro, que desarrollen actuaciones para la revitalización del comercio de proximidad e incentivación de la demanda comercial, a través de fórmulas conjuntas e integrales que superen la capacidad de actuación de las asociaciones de comerciantes de ámbito municipal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La incentivación de la demanda comercial y del consumo que facilite el desarrollo y la mejora de la actividad comercial llevada a cabo por las asociaciones de comerciantes de ámbito superior al municipal o federaciones, a través de campañas de dinamización o actuaciones encaminadas a la promoción de las ventas que deberán presentarse dentro de un proyecto de incentivación al consumo en el que se muestre la participación directa de las asociaciones de comerciantes integrantes en la entidad beneficiaria o de los establecimientos comerciales asociados, en su caso.

No se consideran actuaciones subvencionables aquellas que desarrollen las federaciones en ámbitos territoriales donde exista un centro comercial abierto que fuera subvencionado el año anterior por la Dirección General de Comercio y Consumo.

En el supuesto de que en las actuaciones encuadradas en este apartado, se incluyan bolsas como material promocional, el importe máximo de la subvención por este concepto será del 15 % del importe total de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 43
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 43
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento