Subvenciones a las actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.
Código de ayuda:
S24546/25Norma:
Resolución de 29/07/2025. Orden 16/2025, de 4 febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución convoca, en régimen simplificado de concurrencia, las subvenciones dirigidas a lafinanciación de actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.
Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Será subvencionable el coste de redacción de proyectos, direcciones de obra, coordinación de seguridad ysalud informes técnicos y certificados, siempre que todos ellos estén debidamente justificados, con los siguientes límites:
1º. El coste subvencionable de redacción de proyectos de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000 euros, más una cantidad de 700 euros por vivienda.
2º El coste subvencionable de redacción de proyectos de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros, más una cantidad de 300 euros por vivienda, con una cuantía máxima de coste subvencionable de 30.000 euros.
3º El coste subvencionable en concepto de direcciones de obra y coordinación de seguridad y salud será de un máximo del 85% del coste máximo subvencionable de la redacción del proyecto.
4º El coste subvencionable de informes técnicos y certificados necesarios siempre que todos ellos estén debidamente justificados, tendrán un límite de 15% del coste máximo subvencionable de la redacción del proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, que no desarrollen actividades empresariales, propietarias de:1º. Viviendas unifamiliares.
2º. Edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, incluidas las propietarias de las viviendas de esos edificios.
b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
c) Las personas físicas o jurídicas que no desarrollen actividades empresariales y que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
d) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por:
1º. Personas propietarias de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil.
2 º. Personas propietarias de viviendas que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
3º. Cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables, las actuaciones de rehabilitación energética enedificios de uso predominante residencial para vivienda finalizados antes del año 2006, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7 y en las diferentes líneas de subvenciones establecidas en el artículo 8 de de la Orden 16/2025, de 4 febrero, de la Consejería de Fomento, de bases reguladoras y modificada por la Orden 97/2025, de 17 de junio de 2025 (Publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 121 de 26 de junio de 2025).
Documentos asociados
Boletín:
11/02/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 28
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
31/07/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
31/07/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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