Subvenciones a las actividades de formación y sensibilización ambiental en materia de aguas.

Código de ayuda:

S59437/09

Norma:

RESOLUCION de 13 de agosto de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones que regirán la concesión de subvenciones cuyo objeto es sufragar los gastos derivados de las iniciativas relacionadas con la información, formación y sensibilización ambiental en materia de aguas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Agencia Vasca del Agua (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos, mancomunidades, consorcios, y otras Entidades Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las sociedades mercantiles locales integradas por una o varias de ellas, así como las Asociaciones y Fundaciones sin animo de lucro, legalmente constituidas, e inscritas en los correspondientes Registros administrativos con una antelación de al menos un año desde la fecha de publicación de la presente Resolución y que tengan su sede o delegación permanente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Diseño y puesta en marcha de actividades novedosas, que impulsen el conocimiento, valoración, prevención y mejora de los problemas ambientales en materia de aguas.

– Organización de campañas, jornadas, encuentros, seminarios o talleres de trabajo que fomenten los principios y del desarrollo sostenible y de la nueva cultura del agua.

– Diseño y puesta en marcha de instrumentos de información y difusión respecto de la materia objeto de
las ayudas, tales como publicaciones y/o guías.

– Acciones de Voluntariado Ambiental dirigidas a la mejora de la calidad ecológica del medio hídrico.

– Organización de campañas de información y sensibilización ciudadana que fomenten la conservación del
medio hídrico y el ahorro de agua.

– Otras actividades acordes con lo establecido en el apartado 1 del presente artículo.

Requisitos:

– Acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad
Social.

– Disponer de estructura y capacidad, suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el proyecto a presentar.

– No tener pendientes ni de justificación ni de reintegro subvenciones anteriores concedidas por los órganos
de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos.

– No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

– La entidad solicitante no podrá encontrarse incursa en ninguna prohibición o en sanción administrativa
o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública, incluida la establecida en
la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

– Las entidades privadas sin ánimo de lucro que cuenten entre sus miembros con personas voluntarias,
deberán regirse por la Ley 17/1998, de 25 de junio, del Voluntariado.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 166
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 14/09/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 176
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento