Subvenciones a las Universidades Publicas de la Region de Murcia a traves de contratosprograma, para contribuir a su financiacion complementaria en el año 2008.

Código de ayuda:

S77237/08

Norma:

Decreto n.º 514/2008, de 12 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá la convocatoria correspondiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Murcia de 1.207.000 euros, destinada a colaborar en la financiación de la incentivación de la incorporación e intensifi cación de la actividad investigadora en el marco del Plan Nacional de Investigación Científi ca, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 y del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2007-2010, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2008.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Universidades, Empresa e Investigación (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta subvención es de 1.207.000 euros, de los que 780.000 euros corresponden a la aportación del Ministerio de Ciencia e Innovación para el ejercicio 2007.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

El beneficiario de esta subvención es la Universidad de Murcia con carácter fi nalista para los objetivos señalados en el artículo 1, por ser la única universidad pública de la Región de Murcia que cuenta con personal de las características que se especifican en el citado artículo 1 acogido al Programa interinstitucional I3.

Requisitos:

a) No estar incursa en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante la presentación de la declaración responsable a que se refi ere el artículo 23.4 de la citada Ley, con carácter previo a la concesión de la subvención.

b) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 297
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento