Subvenciones a las Federaciones Deportivas españolas para la realizacion de actividades en el marco de la cooperacion internacional.

Código de ayuda:

S48419/07

Norma:

RESOLUCION de 25 de mayo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Plan de ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas, en régimen de concurrencia competitiva, con el propósito de promover actividades, conjuntamente con el Consejo Superior de Deportes, en materia de cooperación deportiva internacional, a lo largo del año 2007.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Consejo Superior de Deportes ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser destinatarios de estas subvenciones todas las Federaciones Deportivas Españolas reconocidas legalmente, que presenten un proyecto de actividad ajustado a los requisitos que se reseñan en la presente Resolución:

a) Que la actividad para la que se solicita ayuda o subvención no sea de participación española en Campeonatos Oficiales en el extranjero.
b) Que la actividad no esté contemplada en otras convocatorias de ayudas o subvenciones generales o específicas del Consejo Superior de Deportes.
c) Que en el proyecto figure el objeto y presupuesto de la actividad; fechas de ejecución de la misma, o al menos la duración de la misma, y cuantos aspectos organizativos se consideren oportunos. En el caso de
que no se pudiera precisar la fecha prevista para la realización de la actividad, por necesitar una confirmación externa de otro país, ésta deberá ser notificada al Consejo Superior de Deportes, tan pronto se ratifique.
d) No podrán obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones, aquellas Federaciones incursas en alguna de las causas prevenidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones,
debiendo acreditarse mediante el correspondiente certificado responsable.
Igualmente se deberá acreditar estar al corriente de pago de las Obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante certificaciones actualizadas, expedidas por los Organismos responsables de estos tributos.
e) Las solicitudes deberán cumplimentarse en los impresos que figuran en la presente Resolución como Anexo 1. (Una por actuación).

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 135
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento