Subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra para el periodo comprendido entre el 1 de septiembrede 2026 y el 31 de agosto de 2027.
Código de ayuda:
S21500/26Norma:
ORDEN FORAL 117E/2026, de 22 de junio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a las Federaciones Deportivas de Navarra para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La convocatoria cuenta con una dotación total máxima de 3.105.000 €, distribuida en:Subvenciones a federaciones deportivas: 3.020.000 €.
Indumentaria de las selecciones deportivas de Navarra: 55.000 €.
Equipamiento de las federaciones deportivas: 30.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades deportivas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las federaciones deportivas de Navarra, inscritas en el Registro del Deporte de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 80/2003, de 14 de abril, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Navarra y el Registro de Entidades Deportivas de Navarra (actualmente denominado Registro del Deporte de Navarra).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Gastos de Funcionamiento ordinario.2. Organización de Campeonatos oficiales navarros.
3. Participación en Campeonatos oficiales nacionales.
4. Organización de Campeonatos oficiales nacionales.
5. Actividades de promoción.
6. Actividades de formación.
7. Intercambios deportivos.
8. Indumentarias deportivas.
9. Equipamiento de material inventariable.
Requisitos:
1. Estar inscritas en el Registro del Deporte de Navarra.2. Estar al corriente en el pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos autónomos.
3. Tener contratado un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de las actividades organizadas por las federaciones deportivas, tanto para la entidad como tal, como para las personas pertenecientes a la misma cuando actúan en su representación (equipos directivos y empleados/as).
4. No estar incursas en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
5. Según figura regulado en la disposición adicional 2.ª de la Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego, no podrán tener la condición de beneficiarias las Federaciones que estén financiadas y/o patrocinadas, total o parcialmente, por empresas dedicadas a las apuestas (incluyendo empresas operadoras de máquinas de apuestas). Igualmente, quedan excluidas las federaciones que incluyan cualquier tipo de publicidad de ese tipo de empresas, tanto en las instalaciones donde se desarrolle la actividad como en las equipaciones y material de los participantes y las participantes.
6. No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las federaciones deportivas que, en el momento de solicitar la ayuda, estén cumpliendo sanciones administrativas firmes o una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones objeto de esta convocatoria las federaciones deportivas que, en el momento de solicitar la ayuda, estén pendientes de cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria impuesta por dichos motivos.
Documentos asociados
Boletín:
04/08/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 151
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