Subvenciones a las Entidades Locales de Navarra, destinadas a financiar las obras de construcción, reforma y/o ampliación de sus consultorios locales y auxiliares.
Código de ayuda:
S06791/26Norma:
RESOLUCIÓN 124/2026, de 18 de febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a las Entidades Locales de Navarra para la financiación de las actuaciones de obras de construcción, reforma y/o ampliación de los consultorios locales y auxiliares que se ejecuten en el año 2026 conforme a lo previsto en las presentes bases, y en la cuantía de crédito que se contempla en la partida al efecto, 547001- 52300-7609-312802, denominada "Transferencias para construcción y reforma de centros de Atención Primaria", de los Presupuestos Generales de Navarra del año 2026.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Servicio Navarro de Salud (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual máxima de la subvención propuesta por el órgano instructor se determinará de acuerdo al proyecto o presupuesto presentado, a la adecuación del mismo a las necesidades expuestas, y a los límites establecidos por estas bases.Se financiará el cien por cien del gasto real de la actuación, siempre respetando las cuantías
máximas que se señalan a continuación. En el caso de obras de nuevo edificio, de ampliación y/o reforma se establece una subvención máxima por metro cuadrado de superficie construida de 2.300 euros para la construcción de nuevas superficies de edificio y de 1.350 euros para la obra de reforma de superficies ya
existentes. En dichas cuantías quedan comprendidos todos los gastos subvencionables que se señalan en la base tercera.
En el caso de actuaciones menores de adecuación y/o mejora de las instalaciones, el máximo será el gasto real de las actuaciones. En el caso de que el consultorio se ubique en un edificio compartido con otras dependencias distintas de las sanitarias, y que la actuación solicitada a ser subvencionada afecte también al resto de dependencias, la cuantía de la subvención a conceder por el Servicio Navarro de SaludOsasunbidea será proporcional a la superficie ocupada por dicho consultorio. Igualmente, en el caso de que el consultorio se ubique en un edificio exclusivo para el consultorio médico, y que la actuación solicitada a ser subvencionada afecte, además de a la superficie destinada a consultorio médico, al resto del edificio, la cuantía de la subvención a conceder por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea será proporcional a la superficie ocupada por dicho consultorio.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las Entidades Locales de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
–Obras de construcción de un nuevo edificio para albergar los locales del consultorio.–Obras de ampliación del consultorio: se trata de aquellas obras que supongan la construcción de
una nueva superficie en el edificio donde actualmente está ubicado el consultorio, o anexo al mismo.
–Obras de reforma del consultorio: se trata de aquellas obras que supongan la reforma y/o remodelación de una superficie que ya existe en el edificio del consultorio o en el edificio al que se trasladará o implantará el centro sanitario.
–Obras de ampliación y reforma del consultorio: se trata de aquellas obras que contemplen ambas definiciones de los subapartados anteriores.
–También tienen cabida en esta convocatoria las actuaciones menores de adecuación y/o mejora de las instalaciones del edificio del consultorio, cuando no se realice una obra de ampliación y/o de reforma del consultorio, ya que en este caso estarían contempladas en ella: seguridad estructural, instalación de calefacción y/o climatización, instalación de electricidad, instalación de fontanería y saneamiento, eliminación de barreras arquitectónicas, cubiertas, fachadas y carpintería exterior, siempre que no estén clasificadas como actividades de mantenimiento.
Documentos asociados
Boletín:
10/03/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 50
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
