Subvenciones a las Corporaciones Locales para la construcción y equipamiento de Centros de Recogidade Residuos Valorizables y Especiales (Puntos Limpios), Convocatoria 2007.

Código de ayuda:

S42064/07

Norma:

ORDEN 1687/2007, de 5 de julio. ORDEN 952/2007, de 24 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/08/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas contempladas en la presente disposición es impulsar, por parte de las Corporaciones Locales, la construcción y equipamiento de centros que permitan la recogida selectiva de residuos domésticos especiales y valorizables, para facilitar su gestión.


Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas ayudas las siguientes Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid: Municipios y Mancomunidades demunicipios constituidas con arreglo a derecho, que puedan acreditar su existencia y funcionamiento.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran como inversiones subvencionables las siguientes:

— Las obras y materiales para la construcción del Punto Limpio.
— La dotación de instalaciones y equipamientos necesarios para el funcionamiento del Punto Limpio.

Requisitos:

Los beneficiarios, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1º. Garantizar la disponibilidad de recursos presupuestarios suficientes para financiar el correcto funcionamiento de las instalaciones, una vez finalizada su construcción, por un período de diez años.
2º. Respetar la normativa urbanística vigente.
3º. Presentar un proyecto viable técnicamente.
4º. No haber iniciado las obras con anterioridad a la presentación de la solicitud de las ayudas a que se refiere esta Orden.
5º. Para solicitar la subvención para la construcción y equipamiento de un Punto Limpio tipo 1, tener el municipio o el conjunto de los municipios mancomunados una población de derecho superior a 5.000 habitantes según la última revisión padronal.
6º. Para solicitar la subvención para la construcción y equipamiento de un Punto Limpio tipo 3, tener el municipio o el conjunto de los municipios mancomunados una población de derecho no superior a 5.000 habitantes según la última revisión padronal.
7º. Sin perjuicio de la documentación, que de conformidad con la base sexta debe aportarse por los beneficiarios, estos no deberán tener deudas en vía ejecutiva de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que aquellas estén debidamente garantizadas.

Documentos asociados

Boletín: 11/05/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 111
Documento: Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/07/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 163
Documento: Modificación Descargar Documento