Subvenciones a las Asociaciones Judiciales Profesionales.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S27219/11

Norma:

Acuerdo de 28 de abril de 2011. Acuerdo de 30 de junio de 2011. Acuerdo de 19 de abril de 2012. Acuerdo de 14 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/03/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones a las Asociaciones Judiciales Profesionales con la finalidad de facilitar el funcionamiento general de las mismas y de fomentar el mayor dinamismo de cada Asociación en el desarrollo de sus actividades.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Consejo General del Poder Judicial ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Subvención por gastos de organización y funcionamiento de las Asociaciones Judiciales:

El importe de esta subvención se distribuirá entre las Asociaciones solicitantes con arreglo a los siguientes criterios:

a) A las Asociaciones que no alcancen una representación del 5 por 100 de la Carrera Judicial, pero que superen el 3 por 100 de implantación, se les concederá una subvención de hasta 12.000 euros a repartir de forma proporcional entre todas aquellas que cumplan ese mínimo de implantación, en función del número de afiliados.

b) A las Asociaciones que acrediten una representación de al menos el 5 por 100 de la Carrera Judicial, se les distribuirá por partes iguales el resto del importe destinado a esta subvención.

2. Subvención por actividades de interés para la justicia y la vida asociativa: El importe de esta subvención se distribuirá entre las Asociaciones Judiciales de acuerdo con la puntuación atribuida a cada una de las solicitantes en aplicación del catálogo y baremo de actividades recogido en el anexo del Reglamento 1/2011 de Asociaciones Judiciales Profesionales, aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder judicial de 28 de febrero de 2011. En relación con dichas actividades deberá tenerse en cuenta que las actividades y reuniones de formación y estudio jurídico – números 8 y 9 del catálogo recogido en el referido anexo, – si bien serán computables a efectos de baremación, no lo serán a efectos de la posterior justificación de los gastos incurridos, ya que son objeto de una subvención específica en materia de formación, de conformidad con las bases reguladoras aprobadas por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2012 –BOE 9 de junio de 2012–.

3. Subvención por el grado de implantación efectiva en la Carrera Judicial: El importe de esta subvención se distribuirá de forma proporcional entre las Asociaciones Judiciales solicitantes, en función del número total de afiliados acreditados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones Judiciales Profesionales que, constando debidamente inscritas en el Registro llevado a tal efecto en el Consejo General del Poder Judicial, acrediten su vocación asociativa en virtud de un grado de implantación efectiva de más de un 3 por 100 de la Carrera Judicial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Los gastos de organización y funcionamiento de las Asociaciones Judiciales.

2. La realización por las Asociaciones Judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa.

3. La efectiva implantación de las Asociaciones Judiciales en la Carrera Judicial.

Requisitos:

En la solicitud de subvención deberán realizar una declaración de que cumplen los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/07/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 169
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/05/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 112
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 01/03/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 52
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento