Subvenciones a las AMPAs para la organización del servicio de acogida matinal.

Código de ayuda:

S25064/04

Norma:

Orden EDC/394/2004, de 3 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a las asociaciones de madres y padres de alumnos para la organización del servicio de acogida matinal, antes del inicio de las actividades escolares de la mañana, en los centros sufragados con fondos públicos de Cataluña que imparten educación infantil y/o educación primaria, durante el curso escolar 2004/2005.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Educación y Universidades (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención para cada módulo será el resultado de dividir el importe total del crédito disponible por el número total de módulos correspondientes a las solicitudes admitidas.
En ningún caso, el importe máximo concedido para cada módulo será de 1.500,00 euros por curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de madres y padres de alumnos de centros docentes sufragados con fondos públicos de Cataluña, siempre que estén legalmente constituidas y con sus datos actualizados en el Registro Único de Entidades, o en trámite de actualización, que organicen el servicio de acogida matinal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La prestación del servicio de acogida matinal de niños y niñas escolarizados en centros docentes de educación infantil y/o educación primaria sufragados con fondos públicos.

El servicio de acogida matinal ha de ser un tiempo activo para los niños y niñas, que posibilite la realización de actividades lúdicas, artísticas o deportivas, la preparación de trabajos escolares, la lectura y el uso de la biblioteca u otras instalaciones, con exclusión de las actividades propias de los programas escolares.
En todas estas actividades la lengua de uso será la catalana.

Condiciones de la prestación del servicio:
a) Tiene que realizarse en el mismo centro docente, en los locales y espacios de actividades que la dirección determine.
b) Deberá prestarse durante todos los días lectivos del calendario escolar.
c) Tiene que estar cubierto por un seguro.

Módulos subvencionables:
Cada grupo de 12 a 24 alumnos constituirá un módulo subvencionable, a partir de 25 se consideraran dos.
Cada módulo estará atendido como mínimo por un monitor.
Se podrán conceder subvenciones para un máximo de 2 módulos por centro docente.

Requisitos:

Sin especificar.
Ver Beneficiarios.

Documentos asociados

Boletín: 10/11/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4257
Documento: Convocatoria Descargar Documento