Subvenciones a la suscripción en el año 2017 de los seguros agrarios incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el plan de seguros 2017 (38.º Plan).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03082/17

Norma:

RESOLUCIÓN 1544/2016, de 30 de diciembre. RESOLUCIÓN 596/2017, de 23 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Durante el año 2017. La firma de la póliza tendrá la consideración de solicitud de la ayuda.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta convocatoria, otorgar ayudas a los agricultores y ganaderos que suscriban seguros agrarios en el año 2017, pertenecientes al 38.º Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2017), sobre bienes agrarios que radiquen dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra, complementariamente a las subvenciones que para el mismo fin otorga la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (en adelante ENESA).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

–Seguros agrícolas y pecuarios, no podrán exceder el 65% del importe total del recibo de prima, sin tener en cuenta los recargos.

–Seguros de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación, no podrá superar el 90% del coste del recibo de prima por explotación, sin tener en cuenta los recargos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

1. Podrán beneficiarse de las ayudas los agricultores y ganaderos que suscriban una póliza de las líneas de aseguramiento que figuran en el cuadro de la base cuarta con las compañías de seguros integradas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (en adelante Agroseguro, S.A.), y ostenten la condición de agricultor profesional según la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, cotizando a la seguridad social agraria o explotación prioritaria.

2. Se establecen las siguientes excepciones:

2.1. Los ganaderos que suscriban una póliza de seguros de la línea 415 relativa a la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales muertos en la explotación.

2.2. Las secciones de cultivo en común de Cooperativas podrán beneficiarse de las ayudas si cumplen los siguientes requisitos:

a) Que la cooperativa esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra y en el correspondiente Registro de Cooperativas y que su domicilio social radique en Navarra.

b) Que la finalidad principal de la sección de cultivo en común sea la explotación conjunta de las tierras aportadas a la sección.

c) Que en sus estatutos se contemple la forma en que la superficie será cultivada y que ésta responda a alguno de los siguientes tipos: directamente por la cooperativa, mediante acuerdos intercooperativos, o a través de arrendamientos u otras formas contractuales, con agricultores a título principal, con preferencia hacia sus socios, con cooperativas o con otro tipo de sociedades.

d) Que más del 50% de los miembros del Consejo Rector sean Agricultores a Título Principal.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 14
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/01/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 14
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento