Subvenciones a la publicación y realización de trabajos de investigación y acciones piloto en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2005.

Código de ayuda:

S16900/05

Norma:

RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo y publicación de trabajos de investigación y de acciones piloto que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres en cualquiera de los ámbitos de intervención recogidos en el III Plan de Acción Positiva para las Mujeres en la CAE: Enfoque de Género en las Políticas Públicas (III PAPME-EGPP) y que se realicen a lo largo de 2005.

Los proyectos de publicación, los trabajos de investigación y las acciones piloto presentadas han de contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:
a) Mejorar el conocimiento de la situación, condiciones y posición diferencial de mujeres y hombres y de las relaciones de género en los distintos ámbitos de la vida, así como de las causas que generan las desigualdades.
b) Desarrollar, experimentar y dar a conocer estrategias, técnicas y herramientas que aporten soluciones a desigualdades detectadas, remuevan obstáculos para la consecución de la igualdad o prevengan situaciones de desigualdad.
c) Diseñar y experimentar acciones que puedan ser posteriormente transferidas a políticas generales.
d) Profundizar en los objetivos y las medidas recogidas en el III PAPME-EGPP.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Instituto Vasco de la Mujer (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá superar el 80% del presupuesto presentado por la persona o entidad para las actividades para las que solicita la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán tener acceso a las ayudas, personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, excluyendo las Administraciones públicas, así como sus organismos autónomos, salvo la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea que podrá concurrir, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la investigación o la acción piloto se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como, en su caso, la difusión de la publicación,
b) en el supuesto de publicaciones, que se trate de una primera edición,
c) que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias,
d) que no se encuentren incursas en procedimiento alguno de reintegro o sancionador en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza y
e) que no tengan pendiente de justificación alguna otra subvención concedida por Emakunde–Instituto Vasco de la Mujer en ejercicios anteriores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán aquellas publicaciones, investigaciones o acciones piloto que con el fin de favorecer la consecución de la igualdad de mujeres y hombres en cualquiera de los ámbitos de intervención recogidos en el III PAPME-EGPP tengan encaje en alguno de los supuestos siguientes:
a) Trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres dirigidos a analizar las diferentes situaciones, condiciones y necesidades de mujeres y hombres en los distintos ámbitos de la vida, a analizar posibles vías para la eliminación de las desigualdades y para promover su igualdad y/o a evaluar el impacto diferencial de actividades y proyectos en mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Acciones piloto innovadoras en materia de igualdad de oportunidades que se desarrollen en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que aspiren a fomentar nuevos planteamientos y a hallar ejemplos de buenas prácticas que puedan mejorar posteriormente la puesta en práctica de otras acciones.
c) Proyectos de publicación de resultados tanto de trabajos de investigación como de acciones piloto de intervención desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En particular, serán objeto de subvención los siguientes gastos:
– Dirección y Coordinación. Hasta un máximo del 10% de la subvención.
– Personal con cargo al proyecto o a la acción. Hasta un máximo del 25% de la subvención.
– Material bibliográfico.
– Material fungible.
– Gastos de trabajo de campo.
– Gastos de corrección de textos, enmaquetaciones, fotomecánica e impresión.
– Viajes y dietas.
– Otros gastos. Hasta un máximo del 5% de la subvención.

No se considerarán actividades subvencionables los proyectos de inversión en infraestructuras.

Se consideran áreas prioritarias de actuación:
a) El desarrollo y experimentación de acciones, programas, estrategias, técnicas o herramientas metodológicas para la incorporación del enfoque de género en acciones, programas, proyectos y organizaciones.
b) La promoción de las mujeres en los ámbitos sociales, políticos y económicos de toma de decisiones.
c) La detección de formas de mejora de las condiciones laborales de sectores tradicionalmente feminizados.
d) La detección y eliminación de la discriminación retributiva.
e) La prevención y resolución de situaciones de acoso sexual.
f) La incorporación de la perspectiva de género en el análisis sobre la salud de la población.
g) La prevención de la violencia contra las mujeres y el apoyo a las víctimas.
Además, serán prioritarios aquellos proyectos y acciones que tengan como objeto de análisis o como población beneficiaria última a la juventud.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 71
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento