Subvenciones a la programación realizada de música en vivo de carácter profesional.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S11864/15

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/467/2015, de 3 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/660/2015, de 23 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/2812/2015, de 26 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/2801/2015, de 26 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/2959/2015, de 14 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/1515/2016, de 15 de junio. RESOLUCIÓN CLT/33/2017, de 2 de enero. RESOLUCIÓN CLT/1006/2017, de 25 de abril. RESOLUCIÓN CLT/467/2015, de 3 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/468/2018, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de abril de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la contratación artística de la programación realizada de música en vivo de carácter profesional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Se consideran gastos subvencionables únicamente los cachés de los intérpretes con un máximo de 30.000
euros por concierto.

2. En caso de que el solicitante sea un ayuntamiento o ente dependiente, puede concertar con terceros la ejecución de la actividad objeto de la ayuda hasta en un 100% de su importe.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Para la modalidad a) de la base 1.1 (festivales organizados por ayuntamientos y entidades dependientes de estos), sólo pueden optar a las subvenciones los ayuntamientos de Cataluña y entidades dependientes de
estos, incluidas las sociedades mercantiles con capital social íntegra o mayoritariamente público.

2. Para la modalidad b) de la base 1.1 (programación de música en vivo realizada por empresas o entidades
privadas) pueden optar a las subvenciones las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas,
incluidas las sociedades civiles, o las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Festivales organizados por ayuntamientos y entidades dependientes de estos.

b) Programación de música en vivo (que puede ser, entre otros, festivales, ciclos, temporadas y programación estable de salas) realizada por empresas o entidades privadas.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6832
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/04/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6849
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7014
Documento: Modificación dotación 2015 Descargar Documento
Boletín: 09/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7014
Documento: 1ª Modificación de las Bases Descargar Documento
Boletín: 20/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7025
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 22/06/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7147
Documento: Modificación dotación 2016 Descargar Documento
Boletín: 23/01/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7292
Documento: 2ª Modificación de las Bases Descargar Documento
Boletín: 15/05/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7369
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 30/05/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7380
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 09/02/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7555
Documento: 3ª Modificación bases Descargar Documento
Boletín: 19/03/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7581
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento