Subvenciones a la produccion teatral - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S24191/08

Norma:

ORDEN de 5 de marzo de 2008. ORDEN de 8 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a la producción teatral de carácter profesional que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2009.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuantía de las ayudas a producciones de compañías de nueva creación asciende a sesenta mil
(60.000) euros.

2.– Las subvenciones para las producciones de compañías de nueva creación, podrán alcanzar, como máximo, hasta un 49% del presupuesto neto (impuestos excluidos) de cada proyecto o actividad presentada a efectos de la subvención.

3.– Cuando la ayuda se solicite para una coproducción, el solicitante deberá tener una participación de, al
menos, el 33% de la producción resultante. La subvención del Gobierno Vasco nunca será superior al 49% de la participación del productor solicitante.

4.– El importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a treinta mil
(30.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídico privadas establecidas en un estado miembro de la Unión Europea que una vez se le conceda la ayuda, dispongan de un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se den de alta en el correspondiente epígrafe de actividades teatrales del impuesto de actividades económicas. En el caso de las personas jurídicas, tener social o estatutariamente como objeto o
fin social el desarrollo de actividades teatrales.

Requisitos:

AYUDAS A LAS PRODUCCIONES DE COMPAÑÍAS DE NUEVA CREACIÓN:
Podrán solicitar estas ayudas quienes además de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3 no
tengan una trayectoria teatral de más de tres años.
A tal efecto, no se considerará compañía de teatro de nueva creación aquella que de hecho o de derecho constituya sucesión de otra anteriormente existente.

AYUDAS A COMPAÑÍAS TEATRALES CONSOLIDADAS:
Podrán solicitar estas ayudas quienes además de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3:
– Hayan desarrollado una actividad ininterrumpida de creación y puesta en escena de espectáculos de artes
escénicas los últimos 10 años.
– Consten de un equipo de gestión, producción y distribución básico compuesto como mínimo por dos personas.

Sin perjuicio de cuantos otros requisitos queden específicamente establecidos en la presente Orden, podrán
solicitar estas ayudas las personas físicas y jurídico privadas establecidas en un estado miembro de la
Unión Europea que una vez se le conceda la ayuda, dispongan de un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se den de alta en el correspondiente epígrafe de actividades teatrales del impuesto de actividades económicas. En el caso de las personas jurídicas, tener social o estatutariamente como objeto o fin social el desarrollo de actividades teatrales.

No podrán concurrir a las ayudas previstas en la presente convocatoria quienes se hallen sancionados penal
o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas
o se hallen incursos en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 65
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/05/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 87
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento