Subvenciones a la produccion de artes escenicas para empresas y profesionales.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S06391/12Norma:
ORDEN FORAL 23E/2012, de 15 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/03/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las ayudas para proyectos de producción de artes escénicas que se desarrollen en el ejercicio2012 en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, con el fin de apoyar una oferta artística de calidad, diversa y de interés para el público, a través de empresas y profesionales de la Comunidad Foral de Navarra.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda para cada proyecto no podrá ser, en ningún caso, superior al 70% del presupuesto aceptado. Por otra parte, la cuantía de la ayuda no podrá exceder del 20% del presupuesto total asignado a esta convocatoria, en cuyo caso el proyecto quedará excluido.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Particulares / Personas físicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, comunidades de bienes, cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, sociedades mercantiles, o sociedades civiles con personalidad jurídicaque no adopten formas de sociedades mercantiles.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Costes directos.–Costes salariales y seguridad social del personal y artistas necesario/ s para la realización de las acciones contempladas en el proyecto, incluyendo el que presta servicios en la entidad beneficiaria y aquellos otros que pudieran contratarse para tal fin. En el primer caso se imputarán al programa las partes proporcionales del tiempo efectivamente dedicado al proyecto.
–Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal.
–Gastos derivados de la contratación de medios externos, tales como alquileres de espacios escénicos, alquileres de equipos y medios materiales, caché del equipo artístico y elenco, escenografía, vestuario
y cualquier otro material consumible, y otros dirigidos a la producción y a una representación del proyecto realizado, que preferiblemente será el estreno.
–Gastos de difusión y comercialización de las actividades incluidas en el proyecto.
En el caso de adquisición de bienes de equipo inventariables, para la puesta en práctica del proyecto objeto de subvención, se considerará gasto subvencionable la amortización de los mismos en la proporción
que sea imputable al proyecto, atendiendo a los criterios generales de contabilidad.
b) Costes indirectos.
Dentro de los costes indirectos, se incluyen tanto los gastos generales, imputables a varias de las actividades que desarrolla el beneficiario como los gastos fijos que sin ser imputables a una actividad concreta, son necesarios para que la actividad subvencionada se lleve a cabo.
Requisitos:
Los generales establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.Con independencia de su forma jurídica en todo caso deberán venir desarrollando su actividad y tener su vecindad o domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 de noviembre del año 2011.
Documentos asociados
Boletín:
29/02/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento