Subvenciones a la inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias (desde julio de 2018 a junio de 2019).

Código de ayuda:

S03537/17

Norma:

Resolución de 10 de abril de 2013. Resolución de 25 de junio de 2015. Resolución de 30 de diciembre de 2016. Resolución de 4 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la subvención es cofinanciar los costes salariales devengados entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019 (incluidas las pagas extras del mes de diciembre de 2018 y junio de 2019) por la plantilla de trabajadores en situación de exclusión social en las empresas de inserción radicadas en el Principado de Asturias. La subvención ampara hasta un máximo del 50% del salario mínimo interprofesional de la citada plantilla.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los empleadores calificados y registrados como empresas de inserción en el Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El salario base de los contratos laborales de las personas en situación de exclusión social de la plantilla de las empresas de inserción de los centros de trabajo radicados en Asturias. Dicho salario, para ser subvencionable, ha de ser de cuantía igual o superior al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.

Requisitos:

Los contratos tendrán una duración inicial y efectiva igual o superior a seis meses, excepto los contratos fijos discontinuos que deberán tener una duración acumulada en un año de al menos seis meses.

Cuando se realicen contratos por obra o servicio determinado, deberá adjuntarse y cumplir un compromiso de duración mínima de dicho contrato de, al menos, seis meses.

Las nuevas contrataciones objeto de subvención deberán suponer en los centros de trabajo radicados en Asturias el incremento neto del número de trabajadores en plantilla de la empresa en comparación con la media de los doce meses previos al mes del contrato.

Para la justificación del incremento de plantilla se aportará el Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social de los doce meses anteriores y el del mes de contrato de todos los códigos de cuenta cotización de la empresa de los centros de trabajo radicados en Asturias.

Aún si del citado informe no resultara incremento de plantilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 32.3 del ya citado Reglamento (UE) N.º 651/2014, se entenderá cumplida tal exigencia siempre que en los doce meses anteriores a la fecha de contrato, no se hubieran producido extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios reconocidos o declarados improcedentes así como por despidos colectivos no ajustados a Derecho.

La acreditación del carácter del despido corresponderá a la empresa solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/07/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 151
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 25/01/2017
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 16
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/01/2017
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Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 16/10/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 240
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
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