Subvenciones a la distribución para las industrias culturales, asociacionismo profesional y salas de artes escénicas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S31182/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Modalidad A: Hasta el día 30 de septiembre de 2014; Modalidad B y C: Hasta el día 26 de julio de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para:

a) Promover la distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas y/o compañías o grupos profesionales con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la excepción de las asociaciones y entidades sin fines de lucro.

b) Potenciación del asociacionismo profesional en el ámbito de la producción y distribución de productos o servicios de consumo cultural, con domicilio, sede social o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Fomentar la estabilidad y consolidación de las salas de artes escénicas de titularidad
privada que desarrollen programaciones artísticas de carácter profesional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Modalidad A: distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas y/o compañías o grupos profesionales con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia, para actividades que se lleven a cabo entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de octubre de 2014:

Modalidad A.1: Beneficiarios: personas físicas y/o jurídicas dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales con sede social o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia. Podrán acogerse a esta modalidad empresas que presenten un proyecto de distribución a nivel nacional o internacional consistente en la realización de un mínimo de tres funciones/conciertos y, en ningún caso, más de ocho en el mismo espacio.

Modalidad A.2: Beneficiarios: personas físicas y/o jurídicas dedicadas a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes
escénicas y musicales, con sede social o establecimiento permanente en Galicia, para la exhibición de espectáculos y/o conciertos en ferias y festivales fuera de Galicia.

Modalidad A.3: Beneficiarios: personas físicas y/o jurídicas dedicadas a la actividad de producción y distribución de bienes o servicios culturales con sede social o establecimiento permanente en Galicia, para la asistencia a ferias o mercados culturales fuera de la Comunidad
Autónoma gallega.

Modalidad A.4: Beneficiarios: personas físicas y jurídicas dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas, con sede social o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Podrán acogerse a esta modalidad empresas que presenten un proyecto de distribución por la comunidad autónoma de Galicia consistente en la realización de un mínimo de cinco representaciones de artes escénicas. En ningún caso, más de cuatro representaciones en
un mismo espacio.

Modalidad B: Beneficiarios: entidades y asociaciones profesionales representativas de las empresas y profesionales en el sector de la producción y distribución
de productos o servicios de consumo cultural, que acrediten los siguientes requisitos:

– Ausencia de ánimo de lucro.

– Tener social o estatutariamente como objeto social la promoción de productos culturales,
en todas sus modalidades, para la defensa de los intereses de las empresas y profesionales
de estos ámbitos.

– Sede o domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Ámbito de actuación autonómico.

Modalidad C: personas físicas o jurídicas gestoras de salas de artes escénicas de titularidad privada con capacidad igual o inferior a 250 localidades que presenten un proyecto de programación artística para el año 2014. Se excluyen salas cuya titularidad pertenezca a asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro. El solicitante deberá probar la disponibilidad de la sala mediante fotocopia de la escritura de propiedad, contrato de alquiler u otros documentos válidos en derecho, y deberá estar en posesión de la licencia de apertura de la sala para la que solicita la ayuda en la actividad correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A: distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas y/o compañías o grupos profesionales con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia, para actividades que se lleven a cabo entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de octubre de 2014:

Modalidad A.1: subvenciones para la distribución exterior de espectáculos de artes escénicas y musicales. Beneficiarios: personas físicas y/o jurídicas dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales con sede social o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia. Podrán acogerse a esta modalidad empresas que presenten un proyecto de distribución a nivel nacional o internacional consistente en la realización de un mínimo de tres funciones/conciertos y, en ningún caso, más de ocho en el mismo espacio.

Modalidad A.2: subvenciones para la representación de espectáculos de artes escénicas o conciertos en ferias y festivales fuera de Galicia. Beneficiarios: personas físicas y/o jurídicas dedicadas a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes
escénicas y musicales, con sede social o establecimiento permanente en Galicia, para la exhibición de espectáculos y/o conciertos en ferias y festivales fuera de Galicia.

Modalidad A.3: subvenciones para la asistencia a ferias y mercados culturales fuera de
Galicia. Beneficiarios: personas físicas y/o jurídicas dedicadas a la actividad de producción
y distribución de bienes o servicios culturales con sede social o establecimiento permanente
en Galicia, para la asistencia a ferias o mercados culturales fuera de la Comunidad
Autónoma gallega.

Modalidad A.4: subvenciones para la distribución de espectáculos escénicos en el territorio
de la Comunidad Autónoma. Beneficiarios: personas físicas y jurídicas dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas, con sede social o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Podrán acogerse a esta modalidad empresas que presenten un proyecto de distribución por la comunidad autónoma de Galicia consistente en la realización de un mínimo de cinco representaciones de artes escénicas. En ningún caso, más de cuatro representaciones en
un mismo espacio.

Modalidad B: asociacionismo. Beneficiarios: entidades y asociaciones profesionales representativas de las empresas y profesionales en el sector de la producción y distribución
de productos o servicios de consumo cultural, que acrediten los siguientes requisitos:

– Ausencia de ánimo de lucro.

– Tener social o estatutariamente como objeto social la promoción de productos culturales,
en todas sus modalidades, para la defensa de los intereses de las empresas y profesionales
de estos ámbitos.

– Sede o domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Ámbito de actuación autonómico.

Modalidad C: salas: personas físicas o jurídicas gestoras de salas de artes escénicas de titularidad privada con capacidad igual o inferior a 250 localidades que presenten un proyecto de programación artística para el año 2014. Se excluyen salas cuya titularidad pertenezca a asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro. El solicitante deberá probar la disponibilidad de la sala mediante fotocopia de la escritura de propiedad, contrato de alquiler u otros documentos válidos en derecho, y deberá estar en posesión de la licencia de apertura de la sala para la que solicita la ayuda en la actividad correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 26/06/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento