Subvenciones a la cooperación para la creación de canales cortos de comercialización y mercados locales de productos agrícolas en el marco de la intervención 7163 del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para el período 2023-2027.

Código de ayuda:

S13991/26

Norma:

Orden 66/2026, de 7 de mayo.

Plazo de Solicitud:

A establecer en su respectiva convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para crear canales cortos de comercialización y mercados locales de productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante, productos agrícolas) a través de la cooperación, ayudas enmarcadas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España (en adelante Pepac), en la Intervención 7163 “Cooperación para la vertebración del territorio”.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda será del 100 % de los gastos subvencionables.
La subvención máxima por proyecto de cooperación será de 200.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden los grupos de cooperación de nueva creación que
lleven a cabo un proyecto de cooperación o, en caso de grupos de cooperación existentes, cuando se inicien en una nueva actividad en el marco de un proyecto de cooperación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal perteneciente al grupo de cooperación. Son los gastos del personal propio del grupo o de sus integrantes, relacionados con la preparación, coordinación, seguimiento, asesoramiento o planificación del proyecto de cooperación, así como con la ejecución directa de las actividades del mismo. En la solicitud de ayuda deberá indicarse si el proyecto de cooperación conlleva gastos de personal y justificar su participación en el proyecto de cooperación presentado. Asimismo, en el momento de presentación de la cuenta justificativa deberá detallarse el personal que ha participado en la preparación o ejecución de actividades y su relación con el grupo de cooperación o con los socios cooperantes.

b) Gastos indirectos en los que incurra la persona beneficiaria en la ejecución de la actividad del proyecto de cooperación, tales como gastos de administración y gestión (gastos informáticos internos), gastos de secretaría, contabilidad, correspondencia, alquiler, comunicaciones, consumos corrientes como agua, gas, electricidad, gastos de mantenimiento.

Requisitos:

a) El grupo de cooperación deberá agrupar, al menos, a 2 socios cooperantes con personalidad jurídica diferenciada, que no tengan relaciones orgánicas o funcionales entre sí, y sean alguno de los siguientes tipos:

i) Operadores de la cadena alimentaria que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
ii) Asociaciones de personas consumidoras.
iii) Entidades locales o sus asociaciones, que contribuyan a los objetivos del proyecto.

b) Los socios cooperantes deberán acordar formalmente el compromiso de cooperar entre sí para desarrollar el proyecto a través de la firma de un acuerdo de cooperación conforme a lo establecido en el artículo 2, f).

c) La cooperación deberá ser una cooperación horizontal o vertical, de acuerdo con las definiciones contenidas en el artículo 2, letras b) y c).

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2026
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 91
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento