Subvenciones a la contratación de Seguros Agrarios.
Código de ayuda:
S29700/04Norma:
Orden de 8 de marzo de 2004.Plazo de Solicitud:
Un mes desde formalización de la póliza o desde finalización de suscripción de cada línea de seguro.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene como objeto desarrollar el Decreto 63/1995, de 14 de marzo, por el que se regulan las subvenciones de los seguros agrarios en Andalucía, estableciendo las normas de concesión de las mismas.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La concesión de las ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio económico y se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva.El asegurado, por cada póliza del seguro, deberá abonar como mínimo el 30% del coste total del seguro.
Si del importe a abonar por el asegurado, una vez aplicadas todas las subvenciones y descuentos, resultara una cantidad inferior al 30% del coste total del seguro, se reducirá la cuantía de la subvención de forma que se abone como mínimo el 30% del coste total del seguro.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
1. Podrá ser beneficiario de las subvenciones todo asegurado cuyos cultivos, ganados y piscifactorías pertenezcan a explotaciones radicadas en Andalucía y suscriba la póliza en el período de contratación correspondiente.El ganado deberá además encontrarse anotado en el Libro Registro de Explotación o documento equivalente según se establece para cada especie en la normativa de aplicación en la materia.
2. Las pólizas a subvencionar podrán ser a título individual o colectivo, y deberán suscribirse con compañías aseguradoras integradas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados S.A. (Enadelante, Agroseguro, S.A.).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La Consejería de Agricultura y Pesca subvencionará, concargo a sus presupuestos, una parte del coste de las primas de los seguros agrarios que contraten los asegurados y que estén incluidos en el correspondiente Plan anual de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros.Las líneas de seguro subvencionables deben estar incluidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de referencia, o tratarse de aquellos otros riesgos o producciones a los que, en su caso, se amplíen conforme faculta el artículo 4 del Decreto 63/1995, de 14 de marzo.
Documentos asociados
Boletín:
16/03/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
10/02/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 29
Documento: Determinaciones para el Plan 2005 Descargar Documento
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