Subvenciones a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y de subvenciones destinadas a la primera contratación laboral realizada por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, mediante la incorporación de personas de 52 años o más.
Código de ayuda:
S11346/26Norma:
ORDEN de 24 de abril de 2025. Orden de 30 de marzo de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para el ejercicio 2026, destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico, cofinanciadas por la Unión Europea en un 85%, en el marco del programa FEDER Canarias 2021-2027, en cumplimiento de las bases reguladoras aprobadas por Orden nº 270/2025, de 25 de abril, de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura.Categorías Subvención
Equipamientos informáticos y Tecnología
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
CanariasConvoca:
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Estas ayudas poseen una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa FEDER Canarias 2021-2027.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
- Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado.- Universidades públicas y sus institutos universitarios.
- Centros Tecnológicos y/o de Investigación, Parques Científicos y/o Tecnológicos e Infraestructuras Científicas y Técnicas singulares.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables y cofinanciadas por la Unión Europea las operaciones que consistan en la construcción, ampliación o mejora, renovación o remodelación, y reemplazo de infraestructuras de investigación, así como de equipamiento científico-técnico, de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan los requisitos recogidos en la base reguladora cuarta.Requisitos:
Será requisito indispensable mantenerse en el puesto de trabajo a subvencionar por un periodo mínimo de 6 meses sin causar baja, salvo caso de renuncia voluntaria, incapacidad laboral permanente total o absoluta o gran invalidez, jubilación, baja por defunción, subrogaciones por las causas legales estipuladas y supuestos de trabajadoras que se vean obligadas a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctimas de violencia de género que deberá ser acreditado en los términos previstos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.En el supuesto de contratos de sustitución para sustituir a las personas trabajadoras en situación de incapacidad laboral temporal, estos serán subvencionables siempre que el puesto de trabajo que se sustituye sea un contrato de duración igual o superior a seis meses y con una jornada igual al de la persona sustituida, independientemente de que la duración del contrato por sustitución sea inferior a seis meses.
Documentos asociados
Boletín:
09/05/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 92
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
16/04/2026
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 73
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
16/04/2026
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 73
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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