Subvenciones a la compra de ordenadores por empresa y familias de Melilla.

Código de ayuda:

S19355/04

Norma:

Resolución 438, de 7 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/08/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar el acceso a la compra de equipos que permitan tanto aprender como trabajar con estas infraestructuras, según lo establecido en la Acción 7.5 del Proyecto de Acciones Innovadoras (P@IM) de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Presidencia y Gobernación (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será de 350,00 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas radicadas en Melilla, que ejerzan su actividad económica en la misma.
b) Las familias radicadas en Melilla.
c) Asociaciones debidamente registradas y que caigan bajo el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, Reguladora del Derecho de Asociación.

Quedan exceptuadas aquellas empresas cuya actividad económica sea la pesca, la industria del carbón o la producción de los productos agrícolas del Anexo I del Tratado de CE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La compra de equipos y el acceso a Internet mediante ayudas públicas.

La adquisición de un ordenador personal tendrá las características mínimas siguientes:
CPU con procesador a una frecuencia de 2Ghz.
256Mb de memoria RAM
40 Gb de disco duro
Tarjeta de video de 32Mb
Tarjeta de sonido
Monitor de 15''
CDROM 52X
Regrabadora de CDs
Teclado y ratón
Sistema operativo
Impresora de Inyección de tinta

Todos los componentes del anterior equipamiento serán nuevos y de primer uso.
Para garantizar la calidad del equipamiento ha de cumplir con la norma ISO9001.

Requisitos:

- Que deben reunir las empresas:
1. La adquisición del equipamiento a que hace referencia el artículo 4 del presente acuerdo, considerado como mínimo, pudiendo ser de características superiores y constar de más componentes, así como la conexión a Internet mediante línea ADSL, con una inversión mínima de 1.200,00 €.
2. Que en el momento de la solicitud tengan una plantilla inferior a 5 trabajadores, debiendo presentar certificación acreditativa expedida por la Seguridad Social (*).

- Que deben reunir las familias:
1. La adquisición del equipamiento a que hace referencia el artículo 4 del presente acuerdo, considerado como mínimo, pudiendo ser de características superiores y constar de más componentes, con una inversión mínima de 750,00 €, debiendo aportar factura proforma expedida por el establecimiento y donde consten los datos identificativos del solicitante.
2. A los efectos del presente acuerdo, se considera familia la unidad formada por una o varias personas que convivan en un mismo domicilio y se encuentren relacionadas entre sí:
a) Por vínculo de matrimonio o uniones de hecho.
b) Por parentesco de consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado.
c) Por situación derivada de acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
d) Que todos sus miembros estén empadronados en la Ciudad Autónoma de Melilla y convivan en el mismo domicilio.
3. Tendrá la consideración de beneficiario cualquiera de la miembros de las unidades familiares antes descritas y que pertenezcan al sector/colectivo de la población al que se dirija el presente acuerdo de concesión de ayudas.
4. Sólo se concederá una ayuda de las previstas en el presente acuerdo por unidad familiar.
5. El solicitante de la subvención será la persona principal de las que componen la unidad familiar.
Será requisito indispensable que el beneficiario esté cursando estudios Universitarios, Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior, Bachillerato, ESO, Educación Secundaria de personas adultas, Curso de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, Programas de Garantía Social, ó haber estado matriculado y cursando los estudios citados en los tres últimos cursos escolares y se encuentre en espera de un puesto de trabajo, debiendo presentar certificación expedida por el/los centro/s correspondientes.
6. Que la suma de los ingresos líquidos de la unidad familiar, en cómputo anual, no superen los siguientes límites establecidos en función del número de miembros de la misma:
a) Familias de 1 miembro, 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
b) Familias de 2 miembros, 4,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
c) Familias de 3 miembros, 6 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
d) A partir del tercer miembro de la unidad familiar en la que se integra el solicitante, se computará 1 Salario Mínimo Interprofesional por cada uno de los restantes.
(Salario Mínimo Interprofesional para 2004: 460,50 €)

- Que deben reunir las Asociaciones sin ánimo de lucro:
1. La adquisición del equipamiento a que hace referencia el artículo 4 del presente acuerdo, considerado como mínimo, pudiendo ser de características superiores y constar de más componentes, así como la conexión a Internet mediante línea ADSL a nombre de la Asociación, con una inversión mínima de 750,00 €.
2. Que en el momento de la solicitud tengan una plantilla inferior a 5 trabajadores, debiendo presentar certificación acreditativa expedida por la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 13/07/2004
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4103
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento