Subvenciones a instituciones para la realización de proyectos para la inclusión de jóvenes en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad.

Código de ayuda:

S28391/18

Norma:

ORDEN 599/2018, de 22 de mayo. Orden 863/2018, de 25 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de septiembre de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a instituciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social dirigidos a jóvenes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total es de 100.000 euros. Salvo que la acción subvencionada tuviera un coste inferior, la cuantía de la subvención será de 5.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos que presenten las entidades deberán tener los objetivos y acciones bien definidas en el marco de la inclusión de jóvenes de 14 a 30 años en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad.

Estos proyectos podrán ir dirigidos a los siguientes grupos de jóvenes en riesgo de exclusión:

a) Discapacitados.

b) Minorías étnicas.

c) Minorías culturales.

d) En riesgo de pobreza económica.

e) En riesgo de discriminación sexual.

f) Y cualquier otra situación que pudiera conllevar riesgo de exclusión social.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones de la Comunidad de Madrid o del Estado.

b) No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.

d) Las personas que trabajen en las acciones a desarrollar en un proyecto dirigido a menores de edad, no deben haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad o indemnidad sexual, debiendo acreditarse dicha circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

e) Que en la entidad no concurran ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 05/06/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/09/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 210
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/09/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 210
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento