Subvenciones a galerias de arte para la presencia en ferias fuera de Cantabria.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S04691/13

Norma:

Orden ECD/11/2013, de 18 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/03/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones para la promoción y difusión de las artes plásticas de Cantabria fuera de la Comunidad a través de la presencia de galerías de arte radicadas en Cantabria en ferias de arte de reconocido prestigio, tanto nacionales como internacionales, facilitando de este modo la presencia de creadores de Cantabria en estas ferias.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los criterios para la determinación de la cuantía de las subvenciones son:.

a. Aquellas ferias en las que el alquiler del Stand supere los 10.000 euros la subvención será como máximo de 5.000 euros.

b. Aquellas ferias en las que el alquiler del Stand esté entre los 5.000 euros y los 10.000
euros la subvención será como máximo de 4.000 euros.

c. Aquellas ferias en el que el alquiler del Stand sea inferior a los 5.000 euros la subvención será como máximo de 2.000 euros.

d. La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de galerías de arte que estén dados de alta en el epígrafe 615 del Impuesto de Actividades Económicas, subepígrafe galerías de arte, y tengan su domicilio fiscal en Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El alquiler del stand.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:.

a) Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

b) Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria 9/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2013.

Documentos asociados

Boletín: 27/02/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 40
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento