Subvenciones a galerías de arte de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el alquiler de stands en ferias internacionales de arte durante el año 2017.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S23873/17

Norma:

RESOLUCIÓN, de 30 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Feria ARCO: Hasta el 26 de junio de 2017; Resto de ferias: Hasta el 2 de septiembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución la regulación del régimen de concesión de subvenciones a galerías de arte ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el alquiler de stands en ferias internacionales de arte que se celebren durante el año 2017 con objeto de difundir la obra de artistas vascos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para la participación en la Feria Internacional ARCO (Madrid. España), se destinará un importe global máximo de dieciséis mil (16.000) euros.

El importe de las subvenciones que se concedan alcanzará, por Galería, el ciento por ciento (% 100) de los gastos del coste de alquiler del stand sin rebasar el máximo de ocho mil (8.000) euros.

b) Para las subvenciones para participar en las ferias internacionales que tienen lugar fuera del estado español y se enumeran a continuación: veinte mil (20.000) euros como máximo.

– Ferias americanas: Art Chicago (Chicago, EE.UU.), Art Basel (Miami, EE.UU.), The Armory Show (Nueva York, EE.UU.), Zona MACO (Ciudad de México), SP-Arte (Sao Paulo, Brasil) y ARTBO (Bogotá, Colombia).

– Ferias europeas: Art Basel (Basilea, Suiza), FIAC (París, Francia), Art Cologne (Colonia, Alemania), ARTISSIMA (Turín, Italia), Frieze Art Fair (Londres, Reino Unido), Paris Photo (París, Francia) y MIA Milan Image Art Fair (Milán, Italia).

El importe de las subvenciones que se concederán alcanzará, por feria y galería, el ciento por ciento (100%) de los gastos del coste de alquiler del stand sin rebasar el máximo de diez mil (10.000) euros para las ferias americanas y ocho mil (8.000) euros para las ferias europeas.

c) Las subvenciones para la participación en otras ferias de arte internacionales que no se mencionan en el apartado anterior sólo se concederán en caso de que las cantidades de los apartados a) y b) no se hayan agotado.

El importe de las subvenciones que se concedan alcanzará, por feria y galería, el ciento por ciento (100%) de los gastos del coste de alquiler del stand sin rebasar el máximo de cuatro mil (4.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas por la presente Resolución deberán cumplir los requisitos.

Requisitos:

– Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, así como en el pago de la Seguridad Social.

– Ser persona física empadronada o jurídica privada con sede social en la Comunidad Autónoma Vasca. Las personas físicas acreditarán tal condición mediante el certificado de empadronamiento y las personas jurídicas mediante el documento correspondiente.

– Estar dado de alta a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes en el epígrafe correspondiente a la actividad de compra-venta de obras de arte del impuesto de actividades económicas.

– No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa, que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.

– No encontrarse incursa en ninguna prohibición legal que la inhabilite para obtener subvenciones o ayudas públicas, con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo

– Tener terminado cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación, lo que condicionará la concesión y el pago de las subvenciones y ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 99
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento