Subvenciones a galerias de arte de Cataluña para la realizacion de actividades de difusion de su programacion y propuestas artisticas.

Código de ayuda:

S14191/08

Norma:

RESOLUCION CMC/549/2008, de 13 de febrero. RESOLUCION CMC/814/2008, de 6 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar con las galerías de arte de Cataluña para la realización de actividades que apoyen la difusión de su programación y de sus propuestas artísticas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Catalán de las Empresas Culturales (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones consisten en una dotación económica, en función de las disponibilidades presupuestarias y de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la base 8, así como otras ayudas recibidas para el mismo proyecto, si se da el caso.

En el caso de proyectos realizados en régimen de coproducción se distribuye el importe de la subvención entre las galerías coproductoras que opten a la subvención en función de su porcentaje de participación.
El importe subvencionado no podrá superar el 40% del coste total del gasto realizado (IVA no incluido).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

-Pueden optar a las subvenciones todas las empresas constituidas como galerías de arte, domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que, durante el año de publicación de la convocatoria, tengan programación de exposiciones en sus locales y tengan en proyecto llevar a cabo alguna de las actividades que prevé la base 1.1.

-A los efectos de esta línea de subvención se entienden como galerías de arte las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte con finalidad comercial. El Instituto Catalán de las Industrias Culturales puede solicitar la acreditación de esta circunstancia en caso de que lo considere necesario.

Requisitos:

Para poder optar a las subvenciones se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Las propuestas deben corresponder a actividades realizadas por las galerías de arte durante el año de publicación de la convocatoria o que se inicien el año de publicación de la convocatoria y que continúen durante el mes de enero del año siguiente.

b) En el caso de galerías de la ciudad de Barcelona que opten a estas subvenciones, deberán acreditar una actividad continuada durante nueve meses al año, como mínimo, y la presentación de cinco exposiciones diferentes, como mínimo, durante el año de publicación de la convocatoria y el anterior. En el caso de galerías de otros municipios que opten a estas subvenciones, deberán acreditar una actividad continuada durante seis meses al año, como mínimo, y la presentación de tres exposiciones diferentes, como mínimo, durante el año de publicación de la convocatoria correspondiente y el anterior.

c) La lengua utilizada en la realización del proyecto deberá ser, como mínimo, el catalán.

d) Las propuestas que hagan referencia a publicaciones deberán prever una tirada mínima de 500 ejemplares.

e) Las propuestas de edición siempre deberán ir asociadas a actividades que formen parte de la programación de la galería.

f) La actividad para la que se solicita la ayuda debe estar vinculada a una sala ubicada en Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 29/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5081
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5096
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento