Subvenciones a fin de impulsar la coproducción de largometrajes cinematográficos con empresas productoras independientes de Argentina y Galicia, dentro del marco del acuerdo "Raíces".
Código de ayuda:
S05200/05Norma:
Resolución CLT/273/2005, de 7 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/06/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar la producción de largometrajes cinematográficos de ficción o documentales de autor, realizados en régimen de coproducción con empresas productoras independientes de la Argentina y Galicia.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones es de un máximo de 50.000 euros por proyecto, sujeto a las disponibilidades presupuestarias del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para esta convocatoria.En el caso de que en un mismo proyecto participen diversas empresas de producción independientes inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o establecidas en un estado miembro de la Unión Europea con sede permanente en Cataluña, se distribuirá la ayuda otorgable entre éstas, en función de su porcentaje de participación en la coproducción.
Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases no son acumulables con las subvenciones a cine de autor y ópera prima.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Empresas de producción cinematográfica independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o establecidas en un estado miembro de la Unión Europea con sede permanente en Cataluña.Deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Las empresas productoras deberán haber firmado un contrato de coproducción, que tendrá que definir los porcentajes de participación y las aportaciones económicas de cada una de las empresas coproductoras.
b) La participación de cada una de las empresas coproductoras no podrá ser inferior al 20% del coste total de producción.
No podrán acceder a la subvención aquellos coproductores cuya participación sea financiera.
c) Los largometrajes que quieran acceder a la presente subvención no podrán tener una participación superior al 30% de coproductores que no tengan su sede social en Cataluña, Galicia o Argentina, y el coproductor mayoritario deberá ser una empresa productora con sede social en Cataluña, Galicia o Argentina.
d) La aportación de personal técnico y artístico de cada empresa coproductora deberá ser globalmente equilibrada respecto a su porcentaje de participación en el proyecto.
e) Se deberá designar un productor ejecutivo por cada uno de los tres territorios.
f) Incorporar al rodaje, en régimen de prácticas, para alguna de las especialidades de guión, producción, dirección, fotografía o montaje, a alumnos/as o graduados/as de centros de estudios audiovisuales reglados o universitarios de enseñanza audiovisual.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Desarrollar obras audiovisuales de calidad.2. Favorecer el intercambio de talento técnico y artístico.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4323
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4323
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
13/04/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4362
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4362
Documento: Modificación Descargar Documento