Subvenciones a federaciones deportivas de Navarra y clubes deportivos de Pamplona que hayan organizado escuelas de enseñanza deportiva durante la temporada 2013/2014 (octubre a mayo).- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S15928/14

Norma:

Pamplona, 10 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar a las Federaciones y Clubes Deportivos que hayan organizado escuelas de enseñanza deportiva que reúnan los requisitos establecidos en el párrafo siguiente durante la temporada 2013/2014 (octubre a mayo).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de gasto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones y Clubes deportivos que, reuniendo los requisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrá solicitar subvención por los siguientes conceptos:

–Cada hora de clase impartida será subvencionada con un máximo de 14,00 euros siendo el número de horas a subvencionar el resultado de dividir el número total de alumnos entre la asignación de alumnos por módulo, a cada escuela deportiva, multiplicado por un máximo de 96 horas de clase.

–La coordinación de la actividad será subvencionada en función del número de alumnos conforme a la siguiente tabla:

Más de 1.500 alumnos: 1.803,04 euros.

Entre 1.250 y 1.500 alumnos: 1.652,78 euros.

Entre 1.000 y 1.250 alumnos: 1.502,53 euros.

Entre 750 y 1.000 alumnos: 1.352,28 euros.

Entre 500 y 750 alumnos: 1.202,02 euros.

Entre 250 y 500 alumnos: 1.051,77 euros.

Entre 100 y 250 alumnos: 901,52 euros.

Menos de 100 alumnos: 0 euros.

–La adquisición de material deportivo se subvencionará con 40,00 euros por cada 10 alumnos participantes.

Se considerará gasto subvencionable el efectivamente realizado para el desarrollo del programa de la escuela deportiva correspondiente y haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que se establece en esta convocatoria. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

(*) Cuando el importe de cada gasto subvencionable individualmente considerado supere la cuantía de 18.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la asunción del compromiso de prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. la elección entre las ofertas presentadas, que deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidos e inscritas en el Registro que por su naturaleza jurídica les corresponda, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa vigente.

2. Carecer de ánimo de lucro.

3. Tener domicilio social y fiscal en Pamplona.

4. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pamplona, lo que el Ayuntamiento comprobará de oficio, haciendo constar dicha circunstancia mediante la oportuna diligencia. Así mismo, previamente a la propuesta de concesión, se comprobará de oficio que no tiene cantidad pendiente de reintegro a la Tesorería Municipal.

5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

6. No tener suscrito convenio de colaboración ni ser adjudicatario de un contrato celebrado con el Ayuntamiento de Pamplona respecto al proyecto para el que solicita financiación, así como no disponer de subvenciones de otras áreas del Ayuntamiento de Pamplona para la misma actividad.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 77
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento