Subvenciones a favor de entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos para favorecer el voluntariado y solidaridad de la ciudad de Madrid.
Código de ayuda:
S10828/06Norma:
Convocatoria del 13 de abril de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/05/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación del régimen jurídico de las subvenciones que el Área de Gobierno de Empleo y Servicios a la Ciudadanía a través de la Dirección General de Inmigración, Cooperación al Desarrollo y Voluntariado otorgue a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en el ámbito territorial del municipio de Madrid, destinados a lograr la canalización del deseo altruista y solidario de los/as ciudadanos/as de Madrid.El objetivo pretendido es que Madrid sea un municipio donde la convivencia signifique algo más que la mera coexistencia y sea un lugar donde predomine la Participación Social, Acción Voluntaria y Compromiso Solidario.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que complementen las competencias y actividades municipales.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Promoción, sensibilización, captación de voluntarios/as para programas sociales.b) Educar en valores en relación al voluntariado y la solidaridad: compromiso, altruismo, participación ciudadana, ayuda mutua…
c) Formación especializada en voluntariado tanto para miembros como no miembros de la organización o entidad.
Requisitos:
a) Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.b) Estar inscrita en el registro correspondiente.
c) Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
d) Contar con medios materiales y personales necesarios para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita sin que, en ningún caso, se condicione la ejecución del mismo a la obtención de la subvención.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, mediante certificados expedidos por el Ministerio de Hacienda y la Tesorería de la Seguridad Social.
f) Encontrarse al corriente de pagos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
g) No estar incursas en algunas de las circunstancias establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
13/04/2006
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5699
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5699
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/04/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 96
Documento: Convocatoria 2006 en BOCM Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 96
Documento: Convocatoria 2006 en BOCM Descargar Documento