Subvenciones a favor de empresas privadas e instituciones sin animo de lucro para la edicion en Canarias de revistas culturales y modificaciones.

Código de ayuda:

S56364/07

Norma:

ORDEN de 27 de junio de 2007. ORDEN de 20 de julio de 2007. Resolución de 25 de septiembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la difusión de las revistas culturales editadas en Canarias, con la doble finalidad de enriquecer el patrimonio cultural hemerográfico de Canarias, y favorecer la cohesión y comunicación cultural dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas y las instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas culturales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las revistas objeto de subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser publicaciones de cultura en cualquiera de las materias previstas en la base primera.

b) Ser publicaciones con periodicidad entre mensual y semestral, en soporte papel, con una tirada mínima de 500 ejemplares, editadas en serie continua con un mismo título a intervalos regulares o irregulares, durante un período indeterminado, de forma que los ejemplares de la serie lleven una numeración consecutiva o estén fechados y con un precio de venta al público marcado.

c) Ser publicaciones con distribución en el archipiélago.

Requisitos:

a) Estar constituida legalmente como empresa o institución sin fines de lucro, con fecha anterior a la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias y llevar al menos un año de funcionamiento desde la publicación de su primer número.

b) Tener su domicilio o sede social en Canarias.

c) No estar incurso en ninguna de las circunstancias contenidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

d) Los demás requisitos exigidos en las presentes bases.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/08/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 162
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/10/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 208
Documento: Convocatoria Descargar Documento