Subvenciones a favor de Corporaciones Locales en regimen de concurrencia competitiva.
Código de ayuda:
S10391/08Norma:
Resolucion de 14 de enero de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/03/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases, que se incorporan como anexo formando parte de la presente Resolución, reguladorasde la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2008.
Convocar la concesión de dichas subvenciones y ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN
OFICIAL del Principado de Asturias, distribuidas en las líneas y aplicaciones presupuestarias que se indican a continuación y siempre que en las citadas partidas exista crédito adecuado y suficiente en el momento resolutorio definitivo, entendiéndose, en caso contrario, revocado el presente acuerdo y anulados todos los actos que del mismo hayan podido derivarse:
— Línea 1: Para la eliminación de barreras arquitectónicas, por un importe de 670.000,00 euros, con cargo
a la aplicación presupuestaria 1605.313L.764.001. de los presupuestos del Principado de Asturias para 2007
prorrogados para 2008.
— Línea 2: Para redacción de proyectos de obra, obras menores de adaptación y equipamiento en servicios de atención social, por un importe de 476.278,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 1603.313K-764.048 de los presupuestos del Principado de Asturias para 2007 prorrogados para 2008.
— Línea 3: Para el desarrollo de programas y proyectos dirigidos a personas mayores, por un importe de
300.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 1602.313E.464.005 de los presupuestos del Principado de Asturias para 2007 prorrogados para 2008.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Bienestar Social y Vivienda (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La concesión de las subvenciones estará supeditada a la planificación general de la Consejería de Bienestar Social y a los Planes de Área específicos, de acuerdo con los requisitos y criterios que se señalan en la presente Resolución, así como a las limitaciones presupuestarias establecidas en los vigentesPresupuestos Generales del Principado de Asturias.
Con el límite de las cantidades máximas que se fijen para cada línea de actuación, se establece con carácter general, la aportación máxima de la Consejería de Bienestar Social a cada actuación tomando como referencia la población de derecho de cada entidad local o supramunicipal:
a) Hasta un 90% del presupuesto a las menores de 5.000 habitantes.
b) Hasta un 80% a las comprendidas entre 5.000 y 20.000 habitantes.
c) Hasta un 70% a las comprendidas entre 20.001 y 50.000 habitantes.
d) Hasta un 50% a las mayores de 50.000 habitantes.
La concesión de la subvención por parte de esta Consejería será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. No obstante, en ningún caso su cuantía, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas podrá superar el coste del proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Corporaciones Locales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1.ª de actuación: Eliminación de barreras arquitectónicas:a) La eliminación de barreras arquitectónicas en el espacio urbano, en los edificios de uso público y en el transporte de su término municipal.
b) La elaboración de planes especiales de accesibilidad acordes a lo establecido en la Ley 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras del Principado de Asturias y el Decreto 37/2003, de 22 de mayo, de desarrollo.
Línea 2.ª de actuación: Redacción de proyectos de obra, obras menores de adaptación y equipamiento en servicios de atención social:
Las modalidades de subvención serán las siguientes:
Obras menores de Conservación y Adaptación, equipamiento y redacción de proyectos de obras para recursos de atención social.
Línea 3.ª de actuación: Desarrollo de programas dirigidos a personas mayores:
En concreto, se consideran objeto de la presente línea de actuación, los programas, siempre que se lleven a cabo en centros no residenciales, siguientes:
A) Programas de promoción de la vida activa y saludable y programas de mantenimiento y estimulación psico-física.
B) Programas de relación social, participación e integración del mayor en la comunidad.
C) Programas de información, asesoramiento y apoyo a las personas mayores y a las familias con las que conviven.
Se consideran gastos subvencionables a los efectos de la presente convocatoria, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen durante el ejercicio presupuestario de 2008.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento