Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo actuaciones cívicas, sociales, educativas, culturales y lúdicas en el barrio de la Mina en Sant Adrià de Besòs y que promueve el Consorcio del barrio de la Mina.- Convocatoria 2010.- Corrección.

Código de ayuda:

S59837/10

Norma:

Resolución de 21 de octubre 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos de actuaciones cívicas, sociales, educativas, culturales y lúdicas que tengan como objetivo la mejora de la calidad de vida, la prevención de los procesos de exclusión social y la promoción de la igualdad de oportunidades de niños, jóvenes y adultos, del barrio de la Mina de San
Adrià del Besòs, que lleven a cabo entidades sin ánimo de lucro, de acuerdo con los requisitos establecidos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consorcio del Barrio de La Mina (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente cuando se exija para llevar a cabo la actividad subvencionada y estén establecidas o representadas habitualmente en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El Consorcio del barrio de la Mina podrá subvencionar parcialmente (como máximo con el 75%) aquellos proyectos relativos a las acciones siguientes:

a. Actuaciones cívicas y sociales

b. Actuaciones educativas

c. Actuaciones culturales

d. Actuaciones lúdicas

Requisitos:

a. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias ante las administraciones consorciadas y de Seguridad Social.

b. Cumplir la cuota de reserva para la integración social de los discapacitados, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los disminuidos, modificado por las leyes 66/1997, de 30 de diciembre, y 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y de la disposición transitoria en cuanto al artículo 7 del Decreto de la Generalitat 238/1987, de 20 de julio.

c. Proporcionar garantías de sus capacidades y experiencia reconocida y demostrable para la realización de las actuaciones presentadas, especialmente la capacitación suficiente de su personal.

d. Desarrollar acciones considerables subvencionables en el marco de la presente convocatoria.

e. Disponer de sede social o delegación permanente en Cataluña así como tener una presencia activa en la sociedad catalana.

f. Estar inscritas en el registro municipal de entidades de Sant Adrià de Besòs.

g. Cumplir con los requisitos para la obtención de condición de beneficiario de subvención o entidad colaboradora establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5749
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 07/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5895
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento