Subvenciones a entidades sin animo de lucro para la realizacion de proyectos a favor de personas desempleadas dentro de lo recogido en la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio por la que se regula la asignacion tributaria del 0,7%.- Segunda convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S40246/11Norma:
ORDEN FORAL 222/2011, de 30 de junio. Ley Foral 7/2009, de 5 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/08/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2011 a entidades sin ánimo delucro para la realización de proyectos a favor de personas desempleadas dentro de lo recogido en la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio por la que se regula la asignación tributaria del 0,7%.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con carácter general en aquellos proyectos en los que la subvención solicitada incluya gastos de funcionamiento (local y gestión), éstos no podrán superar el 25%. del gasto total del proyecto.La cuantía de la subvención coincidirá con el 100% de lo solicitado, si bien la cantidad máxima concedida no excederá de 130.000,00 euros por proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por dichas entidades de proyectos y actuaciones en el ámbito de la Incorporación Social dirigidos a personas que simultáneamente estén en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y se encuentren desempleadas.Los conceptos de personal y actividades incluirá los siguientes gastos:
–Responsable del proyecto.
–Personal Técnico de las actividades.
–Personal docente.
–Prácticas en empresas.
–Salario de los participantes. Hasta un máximo del 150 del SMI por persona y mes y un máximo de seis meses de subvención (Cantidad máxima por persona contratada = 6.734,70 euros).
–Material para la formación (material fungible).
–Desplazamiento de los participantes.
–Gastos de local.
–Gastos de gestión.
Requisitos:
a) No haber recibido subvención con cargo a la convocatoria para subvencionar proyectos a favor de desempleados sin prestaciones, perceptores de Renta Básica regulada por la Orden Foral 8E/2011, de 4 de marzo de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.b) Estar inscritas en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia Juventud y Deporte, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, o en el
registro que reglamentariamente les corresponda.
c) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
15/06/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Ley Foral 7/2009, de 5 de junio Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Ley Foral 7/2009, de 5 de junio Descargar Documento
Boletín:
02/08/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 152
Documento: Bases y Segunda Convocatoria 2011. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 152
Documento: Bases y Segunda Convocatoria 2011. Descargar Documento