Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de intervenciones terapéuticas destinadas a mejorar la calidad de vida en la demarcación de Girona.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S24382/11Norma:
Girona, 8 de març de 2011. Girona, 3 de març de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones que concede el Organismo autónomo de salud pública de la Diputación de Girona, en adelante Dipsalut, a las entidades sin ánimo de lucro.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Organismo Autónomo de Salud Pública de la Diputación de Girona (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las solicitudes se evaluarán de acuerdo con los criterios de valoración establecidos. Según la calificación alcanzada, el presupuesto presentado y la dotación establecida en la convocatoria, se concretará el importe de la subvención que se concede, con un máximo del 50% del gasto subvencionable y hasta un máximo de 3.000 euros por entidad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades de derecho privado que acrediten fehacientemente que son entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en las comarcas de Girona, y que hayan realizado o tengan previsto realizar en la demarcación de Girona acciones relacionadas con el objeto de la convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Intervenciones terapéuticas destinadas a mejorar la calidad de vida de colectivos afectados por enfermedades que generen dependencia, que necesiten apoyo domiciliario y / o cuidados a largo plazo.- Intervenciones terapéuticas destinadas a mejorar la calidad de vida de colectivos en situación de vulnerabilidad social o situaciones de riesgo derivadas de procesos de envejecimiento con enfermedades asociadas.
- Intervenciones destinadas a apoyar a los familiares y / o cuidadores de colectivos afectados.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indudable, se relacionen con la realización de las intervenciones objeto de esta subvención y que se correspondan con algunos de los siguientes conceptos:
- Materiales necesarios para realizar la intervención.
- Remuneración de los profesionales que realizarán la intervención (se excluyen los impuestos personales sobre la renta).
- Gastos de difusión y publicidad de la actividad / es.
Documentos asociados
Boletín:
07/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 45
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 45
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
10/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5834
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DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5834
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