Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid para 2026. Proyectos formativos y de sensibilización juvenil.
Código de ayuda:
S12273/26Norma:
Orden 859/2026. ORDEN 1098/2025, de 5 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 12 de mayo de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 8.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para el desarrollo de proyectos enmarcados en el ámbito de la animación sociocultural y la educación no formal, a través de estas dos líneas de ayudas:a) Proyectos formativos y de sensibilización juvenil.
b) Actividades de ocio y tiempo libre educativo dirigidas a población joven.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Juventud
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención para cada línea de ayudas vendrá determinada por la cantidad solicitada, sin que pueda exceder de los porcentajes previstos en el artículo anterior, ni del importe máximo a subvencionar de 8.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines y actividades estén la promoción, formación y/o integración de la juventud, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Gastos de arrendamiento de inmuebles, instalaciones o equipamiento: gastos necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que no sean propiedad de las entidades sin ánimo de lucro.Requisitos:
a) Ser promovidos por las entidades mencionadas en el artículo 3 de esta orden, y siempre que no se desarrollen en cumplimiento o ejecución de un contrato o convenio previo con una Administración u otra entidad pública o privada.b) Los proyectos se desarrollarán en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
c) Excepcionalmente, podrán incluirse actividades concretas a desarrollar fuera del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid en los proyectos y actividades del área ciudadanía, movilidad internacional y participación europea justifique adecuadamente según los contenidos y objetivos propuestos.
d) Los participantes tendrán una edad comprendida entre los 12 y los 35 años. Se entenderá cumplido este requisito si al menos el 70% de los participantes reúne estos criterios.
e) Los participantes deberán residir en la Comunidad de Madrid.
f) Deberán aplicarse en los proyectos metodologías basadas en: los principios de la animación sociocultural y la educación no formal, en la experiencia de los participantes, los aprendizajes a través de la participación y la aplicación práctica de los contenidos.
g) El número mínimo de participantes será de 15. No obstante, en municipios de población inferior a 5.000 habitantes, o proyectos dirigidos a jóvenes con discapacidad, la acción formativa puede contar con un mínimo de 10 participantes.
h) El proyecto contará con un interlocutor responsable del seguimiento técnico del proyecto.
i) La aportación económica de cada participante en los proyectos formativos o de sensibilización, en caso de exigirse, no podrá superar el 1,25% del coste total del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
16/05/2025
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
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Boletín:
27/04/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 98
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
27/04/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 98
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 98
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