Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de centros de voluntariado y participación social en coordinación con los centros de servicios sociales generales.

Código de ayuda:

S25355/06

Norma:

RESOLUCION de 11 de julio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/08/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro, para la financiación de un proyecto de centro social de voluntariado y participación social en cada una de las áreas sociosanitarias I, II, III, VI, VII, donde se fomente la coordinación territorial permanente en el ámbito del voluntariado y la participación social, el trabajo en red, la formación de voluntarios, el asesoramiento al asociacionismo y la puesta en marcha de proyectos coordinados con los servicios sociales territoriales, en sintonía con la Ley del Principado de Asturias 10/2001, de 12 de noviembre, del
Voluntariado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social y Vivienda (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá exceder de 50.000 euros por entidad solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que lleven a cabo actuaciones en materia de voluntariado de forma coordinada con los servicios sociales de la red pública.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuaciones en materia de voluntariado de forma coordinada con los servicios sociales de la red pública:

1.—Coordinación en el territorio con los servicios sociales de la red pública para el desarrollo de proyectos a los que se vincule e voluntariado.

2.—Labores de difusión y sensibilización de la participación social y el voluntariado:

• Charlas, encuentros informativos sobre voluntariado.
• Campañas de información y sensibilización.
• Agendas de actividades.
• Publicaciones, audiovisuales, boletines, página web, o programas de radio...
• Participación en los proyectos y/o actuaciones de carácter autonómico.

3.—Tareas de información y orientación a personas particulares y organizaciones sociales en relación con la participación y el voluntariado:

• Información general.
• Orientación personalizada.
• Paneles, exposiciones, etc).

4.—Intermediación entre entidades y voluntarios.

5.—Servicios de apoyo a voluntarios y asociaciones: documentación, asesoramiento, formación, comunicación,...

6.—Promoción de la cooperación institucional y entre asociaciones (planes de mejora, seminarios de trabajo,...).

7.— Promoción y fortalecimiento de la red de centros de voluntariado y participación, mediante la coordinación, la celebración de encuentros de trabajo, el desarrollo de actuaciones conjuntas, y la participación en la red estatal de voluntariado.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Carecer de fin de lucro, circunstancia que constará de forma explícita en los Estatutos.

c) El ámbito de actuación deberá circunscribirse al territorio del Principado de Asturias.

d) Tener un funcionamiento democrático, con representación en los órganos de gobierno de la entidad de
los distintos estamentos vinculados por el servicio prestado.

e) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

f) Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones concedidas por la Consejería de Vivienda y Bienestar Social.

g) En el caso de fundaciones, haber presentado las cuentas anuales, que comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria de la situación financiera y de los resultados de la fundación, de acuerdo con lo
establecido en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

h) Poseer un centro de referencia en una de las áreas territoriales del Mapa Asturiano de Servicios Sociales
al que presente el proyecto, que deberá estar a disposición de todos los ciudadanos de la misma y realizar
en él actividades con presencia en el mismo al menos dos días a la semana.

i) Coordinación con el equipo territorial de servicios sociales de su área para el desarrollo de sus diferentes
actuaciones en materia de voluntariado.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 0
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento