Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de voluntariado.- Convocatoria año 2015.

Código de ayuda:

S40228/15

Norma:

ORDEN 1732/2015, de 7 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/10/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la iniciativa social de entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de voluntariado y persiguen las siguientes finalidades:

a) Apoyar al movimiento voluntario de la Comunidad de Madrid ofreciéndole instrumentos y dispositivos que ayuden a mejorar los procesos de calidad de la acción, la formación y la organización del voluntariado.

b) Articular un proceso de coordinación progresivo entre los distintos sectores implicados en el mundo del voluntariado.

c) Fomentar un tejido social participativo, solidario y creativo en el que el voluntariado sea uno de los lugares de construcción de una región de todos y solidaria.

d) Subvencionar, a las entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de voluntariado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Políticas Sociales, Familias, e Igualdad. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Ausencia de fines de lucro.

b) Estar constituida legalmente y constar inscrita en el Registro correspondiente.

c) Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.

d) No estar incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Desarrollar las acciones para las que se solicite la subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

f) Desarrollar la totalidad o parte de sus programas a través de voluntarios.

g) Garantizar que la estructura interna y el funcionamiento de sus órganos de gobierno sean democráticos.

h) Contar con un programa de voluntariado para el desarrollo y seguimiento de sus acciones voluntarias, que se especificara en la memoria general de la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 221
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento