Subvenciones a entidades sin animo de lucro para acciones de promocion de productos agroalimentarios de calidad de Navarra en el año 2010.
Código de ayuda:
S32591/10Norma:
ORDEN FORAL 208/2010, de 27 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/07/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las ayudas al fomento por entidades privadas sin ánimo de lucro de acciones de promoción de productos agroalimentarios de calidad de Navarra.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda podrá alcanzar la totalidad del valor de los gastos subvencionables correspondientes a las acciones elegibles recogidas en el Plan de Acción, con las siguientes limitaciones:–En ningún caso las ayudas podrán superar la cuantía de 20.000 euros por cada solicitante.
–Las ayudas percibidas por esta Orden Foral no podrán ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones, ayudas o ingresos propios de la actividad objeto de subvención, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y radicadas en Navarra, con tradición y experiencia en la promoción y divulgación de productos de los subsectores agroalimentarios especificados en la base tercera.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Se considerarán actividades subvencionables la organización de exposiciones, ferias, concursos, jornadas de divulgación, información y exaltación, y actos promocionales que mejoren el conocimiento y lapercepción de los productos agroalimentarios de calidad de la Comunidad Foral de Navarra.
2. Se considerarán gastos subvencionables los siguientes:
a) Alquileres de locales, de medios de exposición, de medios audiovisuales, y servicios de traducción, incluido el personal vinculado, para la atención en eventos.
b) Servicios de restauración y catering.
c) Gastos de promoción, presentaciones y difusión de los eventos.
d) Gastos en premios, publicaciones y comunicación.
e) Los gastos de los servicios de consultoría o asistencia prestados por terceros en las organizaciones de los eventos.
f) A los gastos anteriores se podrán incorporar los correspondientes a dietas y desplazamientos realizados por la entidad beneficiaria, siempre que estén ligados a las acciones previstas en el Plan de Acción.
3. Se considerarán como gastos subvencionables los gastos que hayan sido efectivamente pagados desde el 1 de enero al 1 de diciembre del año 2010.
4. En el supuesto de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros, el beneficiario deberá acreditar, sobre la base
de tres ofertas, que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, o en su caso, de las razones que impiden la aplicación de estos criterios.
Documentos asociados
Boletín:
14/05/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento