Subvenciones a entidades que trabajan en la Comunidad Foral de Navarra en el ambito de la proteccion del menor.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S18919/12Norma:
ORDEN FORAL 213/2012, de 9 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/06/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el año 2012, para el funcionamiento y fomento de actividades a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el ámbito de la protección del menor en la Comunidad Foral de Navarra.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud. (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe de la subvención no podrá superar los 36.000 euros anuales.2. El importe que se solicite no podrá superar, tampoco, los 36.000 euros anuales.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las acciones de intervención socio‑educativa y terapéutica destinadas a menores en situación de riesgo de desprotección leve o moderada y/o encaminados a la prevención de situaciones de riesgo de desprotección, en concreto, programas destinados a mejorar las condiciones de vida de los menores, mediante el desarrollo de programas y acciones de prevención primaria, secundaria y terciaria.Requisitos:
a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.b) Realizar la actividad subvencionada en territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
c) Carecer de fines de lucro.
d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a menores en situación de riesgo de desprotección.
e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.
g) En el caso de haber resultado beneficiaria en el año 2011 de la convocatoria de subvenciones de ayudas aprobada por medio de la Orden Foral 120/2011, de 5 de abril, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, haber presentado las memorias técnicas y económicas y las facturas correspondientes que se deriven de la subvención concedida y abonada.
h) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
25/05/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 99
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 99
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento