Subvenciones a entidades que colaboren en proyectos de formación profesional dual intensiva en centros educativos sostenidos con fondos públicos autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia yFormación Profesional de la Junta de Extremadura para el curso 2025/2026.

Código de ayuda:

S30891/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025. DECRETO 133/2025, de 16 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es realizar la convocatoria pública periódica para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a pequeñas y medianas empresas (PYMES) y a entidades sin ánimo de lucro que participen en proyectos de formación profesional dual en modalidad intensiva autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será de 5,50 € por cada hora que el alumno/a realice de formación en el centro de trabajo. Dicha cuantía será objeto de actualización en las resoluciones por las que se publiquen las convocatorias en la misma proporción que experimente la evolución del salario mínimo interprofesional, respecto al fijado en el año 2025, Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas o entidades sin ánimo de lucro que acojan a alumnado que cursa ciclo formativo de Grado D de Formación Profesional en el curso académico 2025/2026 en un centro educativo sostenido con fondos públicos para la realización de la formación dual en régimen intensivo con contrato laboral en alternancia.

Requisitos:

a) No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias de prohibición para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicho extremo se deberá justificar en cualquiera de las formas previstas en el apartado 7 del artículo 12 de la citada Ley 6/2011 o mediante declaración responsable, que se recoge en el anexo I del modelo de solicitud que se incluye en el presente decreto y el que recoja las resoluciones de convocatoria de subvenciones que se aprueben al amparo de éste.

b) Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Hacienda autonómica, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social. No será necesario si en la solicitud se autoriza a la Administración para obtener de oficio documentos y certificados que deban emitir las administraciones y registros públicos, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente en la solicitud de las subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/09/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 182
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Boletín: 06/11/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 214
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DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 214
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