Subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para apoyar el mantenimiento de centros de dia y servicios de prevencion dirigidos a prevenir situaciones de dificultad social de menores en su medio natural de convivencia.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S37255/10Norma:
ORDEN 2333/2005, de 26 de diciembre. ORDEN 737/2010, de 7 de mayo. ORDEN 1119/2011, de 15 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/08/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar subvenciones a instituciones sin fin de lucro para el ejercicio 2011, destinadas a apoyar el mantenimiento de centros de día y servicios de prevención.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la determinación de la cuantía de la subvención el presupuesto de la convocatoria se distribuirá entre el conjunto de proyectos aplicando el porcentaje de puntuación obtenida por cada proyecto, calculado respecto de la suma total de puntuaciones obtenidas, hasta agotarse los créditos consignados en esta convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las realizadas en los centros de día y servicios de prevención en los que se pretende atender a niños, niñas, adolescentes y sus familias que se encuentran en situación de desventaja social con la finalidad de apoyar la convivencia en su entorno natural realizando una actuación preventiva y compensatoria de sus dificultades sociales a través de la realización de un proyecto socioeducativo con el menor y su familia.Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, centros y servicios que desarrollan actividades en el campo de los servicios sociales en la Comunidad de Madrid.b) Carecer de fin de lucro.
c) Cumplir los requisitos que con carácter general se establecen en la normativa vigente en materia de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
d) No estar incursas en ninguna de las circunstancias referidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
e) No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
f) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
24/01/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 32
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
04/06/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 132
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
09/08/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 187
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 187
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