Subvenciones a entidades privadas sin animo de lucro, asociaciones de mayores y entidades publicas para el desarrollo de programas de atencion a personas mayores en el ambito comunitario y el mantenimiento de servicios de estancias diurnas en Castilla-La Mancha. Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S00828/11

Norma:

Orden de 28/12/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, con carácter indefinido, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades públicas, asociaciones de mayores y entidades privadas sin ánimo de lucro, para el mantenimiento de centros y servicios y para el desarrollo de programas de actividades dirigidas a las personas mayores en Castilla-La Mancha, tanto para iniciativas de nueva implantación como aquéllas que sean continuidad de las iniciadas en ejercicios anteriores, así como convocar las mismas para el ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención que pueda otorgarse no excederá de 900.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro y asociaciones de mayores que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Subvenciones para gastos de personal, mantenimiento y/o reserva de plazas en los servicios de estancias diurnas (centros de día especializados para personas mayores) de entidades privadas sin ánimo de lucro.

2. Subvenciones para gastos de personal y mantenimiento para el desarrollo de los siguientes programas dependientes de entidades privadas sin ánimo de lucro:

a) Programas complementarios a la atención domiciliaria: comedor, lavandería, comidas a domicilio y proyectos de índole similar.

b) Programas y/o proyectos que contemplen un envejecimiento activo y de carácter innovador en las siguientes áreas de intervención:

1º. Promoción de la autonomía personal y el envejecimiento saludable.

2º. Participación social e integración en la comunidad de las personas mayores

3º. Educación, formación y acceso a las nuevas tecnologías de las personas mayores.

4º. Ocio Creativo

c) Proyectos de información, formación, investigación y/o desarrollo de proyectos de intervención social de carácter innovador en el marco de la atención en comunidad a las personas mayores.

d) Programas de atención a personas mayores en situación de dependencia y/o sus cuidadores principales.

3. Subvenciones a entidades públicas para gastos de personal y mantenimiento para el desarrollo de los programas recogidos en el apartado 2, letras a), b) 1º, c) y d).

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en los registros que corresponda y, en todo caso, en el registro de servicios sociales de Castilla-La Mancha.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

d) Poseer el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. No obstante, dicho requisito podrá ser excepcionado, de forma motivada, por razón del objeto y finalidad de la subvención o de la actividad subvencionada o el servicio.

e) Que el centro para el que se solicita la subvención esté debidamente autorizado.

f) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

i) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

j) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Las entidades públicas solicitantes deberán cumplir los requisitos c), e), f), g), h), i) y j) anteriormente citados a la fecha de presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 2
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento