Subvenciones a entidades privadas para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S03964/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de febrero de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de la infraestructura turística de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la incentivación a entidades y empresas para la mejora de las infraestructuras de establecimientos de alojamiento turístico.
Podrán ser objeto de subvención, de conformidad con lo que se establece en esta resolución, las siguientes inversiones:

– Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

– Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de Calidad Turística.

– Actuaciones destinadas a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.

– Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implementación de medidas de ahorro energético.

– Actuaciones relativas a la renovación y modernización de las instalaciones, así como embellecimiento del entorno.

– Renovación de los equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento del establecimiento de alojamiento.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

500.000 € de presupuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades o empresas que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y que tengan autorizado o clasificado, conforme establezca la normativa turística, en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT) el establecimiento turístico para el que se solicita la ayuda, en base a los artículos 50 y 51 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Dichas entidades beneficiarias deben estar comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme). Se define pyme, según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124, de 20.5.2003), en función de sus efectivos y de su volumen de negocio y de su balance anual.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento