Subvenciones a entidades locales y entidades de iniciativa social para el año 2007, destinada a ayudas parael empleo social protegido.
Código de ayuda:
S47200/06Norma:
ORDEN FORAL 250/2006, de 6 de noviembre.Plazo de Solicitud:
antes del 31 de diciembre de 2006.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades locales y entidades de iniciativa social destinadas a Ayudas a Programas de Empleo Social Protegido, para el año 2007 y se desarrollarán en la Comunidad Foral de Navarra.Mediante la concesión de las citadas subvenciones se financiará la realización de proyectos de interés colectivo y no lucrativo promovidos por entidades locales y/o entidades de iniciativa social que impliquen la
contratación temporal de personas en situación de exclusión social y que tengan como objeto facilitar a estas personas la adquisición de hábitos y habilidades que mejoren sus posibilidades de incorporación
laboral.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades locales de Navarra.Asimismo, podrán acogerse a aquéllas las entidades de iniciativa social que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Que uno de los objetos principales de su actividad, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos, sea la incorporación sociolaboral de personas en situación de exclusión social.
d) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social, así como frente a la Hacienda Tributaria de Navarra, o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos autónomos.
f) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en los apartados 2 y 3 del artículo 13, de la Ley Foral de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las entidades beneficiarias se comprometen a gestionar y dirigir las actividades que constituyen el proyecto, así como a aportar los recursos y medios precisos para el correcto desarrollo de las mismas.Las personas contratadas para la realización de estos proyectos deberán encontrarse en situación de exclusión social acreditada mediante informe social de los trabajadores sociales de los Servicios Sociales de Base o Unidades de Barrio y haber suscrito con estos y el Equipo de Incorporación Socio-laboral un acuerdo de incorporación socio-laboral en el cual se prevea, como una de las fases del itinerario, un período de adquisición de habilidades y hábitos en un contexto laboral.
En el caso de las Entidades de Iniciativa Social, se garantizará una coordinación adecuada con el Servicio Social de Base o Unidad de Barrio para la derivación de los participantes al proyecto y su seguimiento
durante y al finalizar el mismo.
Requisitos de los proyectos:
Referidos a la contratación:
a) Los proyectos tendrán una duración definida, entre 6 y 12 meses, pero los/as trabajadores podrán incorporarse a los mismos en distintas fechas, adecuando su acceso al empleo a su propio itinerario de inserción socio-laboral.
b) Los contratos de trabajo tendrán carácter temporal, con una duración máxima de doce meses, bajo cualquiera de las modalidades de contratación temporal permitida por la legislación vigente. En el establecimiento de la duración para cada trabajador/a se tenderá a que el contrato posibilite la adquisición de los hábitos y la cualificación necesaria para mejorar su empleabilidad futura.
c) La duración de la jornada podrá ser variable para adaptarse a las distintas necesidades de los/as trabajadores/as, desde un mínimo de tres horas hasta la jornada completa. Dentro del tiempo de trabajo
se incluye el dedicado al desarrollo de todas las actividades contempladas en el proyecto.
Referidos a los trabajos a realizar:
a) Los trabajos a desarrollar buscarán la rentabilidad en términos de mejora de empleabilidad de los/as trabajadores/as, por lo que las actividades se orientarán a cualificar a éstos/as hacia los yacimientos de empleo detectados en las respectivas zonas de actuación.
b) Se prestará especial atención al diseño de acciones adaptadas a las posibilidades de empleo de las mujeres.
Referidos a actividades formativas:
a) Las actividades formativas irán encaminadas a:
−La adquisición de conocimientos y habilidades para la realización de los trabajos objeto de la contratación.
−La adecuación del nivel formativo o las competencias profesionales a las exigencias del mercado laboral.
−La adquisición de los elementos necesarios para promover la estabilidad personal, el equilibrio en la convivencia y la inserción y participación social.
b) Las actividades formativas podrán alcanzar hasta un 15 por ciento del tiempo total del contrato.
En el caso de las Entidades de Iniciativa Social, la cuantía solicitada por proyecto no podrá superar los 75.000 euros.
Requisitos:
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el período de ejecución de la actividad subvencionada.Documentos asociados
Boletín:
27/11/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 142
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 142
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