Subvenciones a entidades locales que realicen inversiones en instalaciones termicas que utilicen como combustible biomasa.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02637/15

Norma:

RESOLUCIÓN 428E/2014, de 31 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la ejecución, por parte de las Entidades Locales, de instalaciones térmicas que utilicen como combustible biomasa, en línea con los objetivos marcados por el III Plan energético de Navarra horizonte 2020.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General De Industria, Energia E Innovación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En todo caso, las inversiones y gastos subvencionables deberán ser superiores a 1.500 euros (IVA excluido).

El importe subvencionable correspondiente a trabajos de diseño o ingeniería no podrá exceder del 10% del coste total de la instalación.

El importe de la subvención es de un 30% sobre el gasto subvencionable de la instalación, teniendo en cuenta los costes máximos que se indican a continuación:

Instalaciones de hasta 99 kW

Pellets:

–Primeros 20 kW: 600 euros/kW

–Desde 21 kW a 50 kW: 400 euros/kW

–Desde 51 kW y hasta 99 kW: 200 euros/kW

Astillas: 20% más

Instalaciones a partir de 100 kW

Pellets: 400 euros/kW

Astillas: 500 euros/kW

350.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de Navarra que realicen inversiones en instalaciones de biomasa térmica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las instalaciones de producción de energía térmica que utilicen como combustible biomasa y cuyo rendimiento mínimo sea de un 85%.

b) La implantación o ampliación de redes de climatización que utilicen este combustible, entendiendo como tales las redes que distribuyen energía térmica y/o ACS a varios edificios.

En lo referente al sistema generador se diferencian dos tipos de instalaciones subvencionables:

–Calderas automáticas: Deberán tener un rendimiento superior al 90%. Se entenderá por caldera automática aquella que tenga automatizados al menos los sistemas de encendido, alimentación, limpieza y extracción de cenizas.

–Calderas multicombustible (que empleen diferentes tipos de biomasa), calderas de gasificación de leña, estufas de pellets o calderas que no tengan automatizados todos los sistemas citados en el punto anterior.

Estos equipos deberán instalarse conforme a las recomendaciones del fabricante y cumpliendo la normativa aplicable.

La potencia máxima subvencionable será de 100 W/m² calefactado.

En aquellas instalaciones con una potencia de más de 70 kW, será obligatorio incorporar un sistema de medición de la energía térmica producida, siendo aconsejable en instalaciones de menor potencia.

En las instalaciones con potencia igual o superior a 400 kW será obligatoria la instalación de sistemas de depuración de partículas, para que las emisiones no superen lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE).

3. En lo referente a las redes de distribución de calor serán subvencionables únicamente las exteriores a los edificios. Las inversiones realizadas en las acometidas de servicio a los clientes serán acogibles siempre que el coste de las mismas sea asumido por el solicitante de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 11
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento