Subvenciones a entidades locales, para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S24546/16

Norma:

Orden de 28/06/2016. Resolución de 03/08/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de septiembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones a las Entidades Locales para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del crédito destinado a la financiación de la convocatoria asciende a 6.576.360,00 euros.

Las entidades podrán recibir una subvención de 4.500,00 euros (25 €/día) por cada contrato temporal efectuado con una duración de, al menos, seis meses (180 días).

Por cada contrato temporal de duración inferior a seis meses, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 10 de la Orden de 28 de junio de 2016, las entidades podrán recibir una subvención de 600,00 euros/mes (20 €/día).

Cuando la entidad beneficiaria tenga en su ámbito territorial menos de 1.000 habitantes, por cada contrato temporal efectuado con una duración de, al menos, seis meses (180 días) podrá recibir una subvención de 4.800,00 euros (26,66 €/día).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incursa la persona física, los administradores o aquéllos que ostenten la representación legal de las personas jurídicas beneficiarias, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) No encontrarse incursa en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

e) No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 19/08/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 162
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento